Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ANDRILI, MARTIN FACUNDO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes contra tres imputados; la Cámara (Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe en primera instancia) condenó a los tres como autores de tenencia simple de estupefacientes a 1 año de prisión (con cumplimiento en suspenso) y multa de $2.000, imponiéndoles reglas de conducta por 2 años y costas procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal auxiliar Dra. Susana Tripicchio, que propuso el acuerdo de juicio abreviado.
Demandado: MARTÍN FACUNDO ANDRILI; ALEJANDRO SEBASTIÁN BORNISEN; IVO FEDERICO ECHANDI.
Objeto: Responsabilidad penal por tenencia de estupefacientes (art. 14 1° párr. ley 23.737) en relación al secuestro de 53 pastillas de éxtasis, cocaína y restos de cannabis, dinero y teléfonos, tras operativo de Gendarmería Nacional del 28/10/2019.
Decisión: Se condenó a los tres como autores del delito de TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES (arts. 14 1° párr. ley 23.737 y 45 del C. Penal) a la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso (art. 26 CP), y multa de dos mil pesos ($2.000) para cada uno; se les impusieron reglas de conducta por dos años (fijar residencia, someterse al Patronato y abstenerse de usar estupefacientes o abusar de alcohol), se impusieron costas y tasa de justicia ($4.700), se ordenó la destrucción de muestras y la devolución del dinero y bienes no pertinentes, y la restitución definitiva del vehículo Peugeot dominio LZU 808.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "Se encuentra probado que el día 28 de octubre de 2019, personal de Gendarmería Nacional Argentina detuvo la marcha del vehículo ... en el que se trasladaban Alejandro Sebastián Bornisen, Martín Facundo Andrili e Ivo Federico Echandi y secuestró cincuenta y tres (53) pastillas de éxtasis, tres (3) envoltorios de nailon con cocaína, un (1) frasco tipo gotero con aceite de marihuana, tres (3) cilindros con vestigios de marihuana, dinero en efectivo y teléfonos celulares."
2) "En cuanto a la responsabilidad que les cabe a los imputados, encuentro probada su autoría en el hecho descripto, habida cuenta que las pruebas reunidas establecen una indubitable relación material entre ellos y las sustancias estupefacientes secuestradas, sumado a sus reconocimientos expresos en oportunidad de efectuar el acuerdo fiscal con la fiscal."
3) "A raíz de esto ... la manifestación de voluntad de la fiscal auxiliar en cuanto al encu
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