Logo

LAHORCA LUIS ALFREDO C/ PROVIDENCIA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A S/ EJECUCION MULTAS PROCESALES Y ASTREINTES

Ejecución de astreintes por incumplimiento de medidas cautelares por gastos sanatoriales. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la excepción opuesta por la aseguradora y confirmó la ejecución por astreintes, por entender que el depósito invocado fue posterior al inicio de la ejecución y destinado a otro concepto.

Ejecucion Astreintes Medida cautelar Inhabilidad de titulo / excepcion de pago Deposito judicial Costas Liquidacion Accesoriedad Confirmacion de sentencia Provincia de buenos aires.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Lahorca Luis Alfredo, ejecutante que reclama el pago de astreintes y capitales determinados por liquidación. Demandado: Providencia Compañía Argentina De Seguros S.A., obligada por resolución cautelar a abonar gastos sanatoriales. Objeto: Ejecución de astreintes (condenas conminatorias) por incumplimiento de una medida cautelar; monto principal de la liquidación por astreintes $1.514.625,00 y ejecución hasta cobrar el capital reclamado y sus réditos. Decisión: Confirmar la sentencia de fecha 10/03/2026 que rechazó la excepción opuesta por la ejecutada (inhabilidad/excepción de pago), ordenó la ejecución por la liquidación de astreintes por $1.514.625,00 y aplicó costas al ejecutado. Se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original): "Por los fundamentos expuestos en el precedente acuerdo se resuelve: confirmar la sentencia dictada el 10/3/2026. Las costas se imponen al ejecutado en función de su calidad de vencido (art. 556 del CPCC). La regulación de honorarios se difiere para la oportunidad en que exista base firme para tal fin (art. 51 L. 14.967). (arts. 47/8 Ley 5827)" "De allí la accesoriedad e instrumentalidad intrínseca, puesto que si se extingue la obligación principal que les da origen, es lógico que cese su aplicación. En el caso, dado que no se acreditó el cumplimiento íntegro, oportuno e imputado de la obligación que las astreintes procuraban compeler, le asiste razón al juez en tanto no se verifica el presupuesto fáctico al que el recurrente subordina su cesación de pleno derecho." "Esta situación revela que el depósito del demandado respondió al cumplimiento de la intimación cautelar y no a la cancelación de las astreintes devengadas, accesorias de una obligación cuyo cumplimiento no surge del expediente ni el apelante asume en su recurso."
- Votos / mayorías: La decisión fue unánime en el acuerdo (votaron a favor la Dra. Bulesevich y la Dra. Issin; el Dr. Loiza estaba en uso de licencia). El bloque dispositivo final confirma la sentencia de grado y manda sobre las propuestas individuales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar