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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CEJAS, JOSÉ LUIS Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Juicio abreviado por tenencia de cocaína: condenas y unificación de penas. La Cámara aceptó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a José L. Cejas a pena única de seis años de prisión efectiva (unificación con otra condena) y a Cristian A. Giménez a tres años de prisión en ejecución condicional, imponiendo multa, costas y reglas de conducta.

Tenencia simple Juicio abreviado Unificacion de condenas Condena unica Cocaina Multa $225 Pena condicional Reglas de conducta Tasa de justicia $4.700 Art. 14 ley 23.737 9. tipo


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por Fiscal General y Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputados: JOSÉ LUIS CEJAS (DNI 32.300.592) y CRISTIAN ALBERTO GIMÉNEZ (DNI 26.379.748).
- Objeto de la demanda: Juicio por hechos tipificados inicialmente como tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c Ley 23.737), recalificados por acuerdo de juicio abreviado a tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737) en calidad de autores (cfr. art. 45 CP).

¿Qué se resolvió?

Se aceptó el juicio abreviado y se condenó a José L. Cejas a tres (3) años de prisión, multa de $225 y costas, unificando dicha pena con otra previa de cinco (5) años para dictar una pena única de seis (6) años de prisión efectiva, multa de $225 y costas; y a Cristian A. Giménez a tres (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de $225 y costas, imponiéndosele además reglas de conducta por dos (2) años. Se impuso la tasa de justicia por $4.700 y se remitieron constancias a la Secretaría de Ejecución Penal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En función de la totalidad de las actuaciones ... es dable afirmar que las presentes actuaciones se iniciaron en fecha 16/01/2023 ... secuestrándoseles una bolsa de nylon que contenía en su interior la cantidad de noventa y dos (92) envoltorios con cocaína, con un peso total aproximado de veintisiete gramos con tres décimas (27,3) y la suma de pesos siete mil cien ($ 7.100)." "Los elementos de prueba referenciados precedentemente llevan a concluir que se encuentra probada la materialidad del hecho ilícito reprochado a los acusados, esto es, la tenencia de material estupefaciente." "La representante del Ministerio Publico Fiscal ... modificó ... el enfoque de la conducta atribuida ... solicitando se recalifique su conducta en la figura de tenencia simple de estupefacientes, prevista y penada por el art. 14, 1° párrafo de la ley 23.737 ..." "Corresponde aceptar el acuerdo al que han arribado de atribuir a la conducta de José Luis Cejas y Cristian Alberto Giménez ... la figura prevista y penada en el artículo 14, 1° párrafo de la ley 23.737, en carácter de autores ..." "Por lo tanto ... corresponde se unifique, en lo que a la pena privativa de la libertad se refiere, la condena de tres (3) años de prisión ... y dictar una CONDENA UNICA –producto de unificación de condenas
- de SEIS (6) AÑOS de prisión."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución es la que figura en el texto transcripto.

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