Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARBONA, ADRIAN IVAN Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Homologan procedimiento abreviado y condenan a Adrián Iván Barbona y Nicole Marina Vallejos por facilitación de lugar para comercializar estupefacientes. La Cámara homologó el acuerdo, impuso penas de 3 años de prisión efectiva para cada uno (pena única unificada de 4 años), multa de $112,50 y decomisó $1.401.770 y 129 Reales para afectarlos al pago de multa y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Mariano Barabani) y las partes que solicitaron el procedimiento abreviado.
Demandado: Adrián Iván Barbona (DNI 38.373.634) y Nicole Marina Vallejos (DNI 40.037.052).
Objeto: Homologación de un procedimiento abreviado en causa por infracción a la ley 23.737 (facilitación del lugar para comercializar estupefacientes) y la consecuente imposición de pena y medidas accesorias.
Decisión: Se hizo lugar al procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo; se condenó a cada imputado a 3 años de prisión efectiva, multa de $112,50 y costas por ser coautores del delito previsto en el art. 10 de la ley 23.737 (facilitación de lugar para comercializar estupefacientes); se unificaron esas condenas con otra previa para imponer una pena única de 4 años de prisión efectiva y multa de $112,50; se decomisaron $1.401.770 y 129 Reales, se fijaron costas y tasas, se dispuso afectación del dinero al pago de multa y costas, destrucción del estupefaciente, devolución de efectos no vinculados y se declaró firme la sentencia por renuncia de las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones):
"En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. HACER LUGAR a la solicitud de procedimiento abreviado y HOMOLOGAR el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. CONDENAR a Adrián Iván Barbona a la pena de 3 años de prisión efectiva, multa de pesos $112,50 y costas, por considerarlo co-autor penalmente responsable del delito previsto y penado en el art. 10 de la ley 23.737, esto es, facilitación del lugar para comercializar estupefacientes (art. 29 inc. 3º y 45 del CP, y 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"IV. UNIFICAR las condenas precedentes ... e imponer a Adrián Iván Barbona y Nicole Marina Vallejos la pena única de 4 años de prisión efectiva, multa de $112,50, accesorias legales y costas (arts. 12, 19, 29 inciso 3°, 45 y 58 del CP, y 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"V. DECOMISAR la suma total de pesos $1.401.770 y 129 Reales, que fueron secuestrados en el marco del presente (conforme art. 30 de la ley 23.737 y 23 del CP)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución fue dictada por el Juez de Cámara Román Pablo Lanzón en audiencia de procedimiento
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