Incidente Nº 2 - IMPUTADO: VECCI, JONATHAN IVÁN s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Solicitud de suspensión de juicio a prueba culminó con sobreseimiento por extinción de la acción penal. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Rosario 3, a través del Juez de Cámara Mario J. Gambacorta) hizo lugar al pedido y ordenó además la destrucción del estupefaciente incautado y la disposición de demás efectos no vinculados al delito.
¿Quién es el actor?
Causa caratulada "Vecci, Jonathan Iván s/ suspensión de juicio a prueba" (solicitante: el encausado o sus defensores en el incidente de ejecución de la suspensión).
- Demandado/Contraparte: Ministerio Público Fiscal (interviniente) y el Tribunal en su función de control de la medida.
- Objeto de la demanda: Resolver la situación procesal de Jonathan Iván Vecci respecto de la suspensión del juicio a prueba otorgada; verificar cumplimiento de las reglas de conducta y resolver el cierre del procedimiento con las consecuencias pertinentes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al sobreseimiento de Jonathan Iván Vecci por extinción de la acción penal (art. 76 ter C.P. y art. 336, inciso 1º, C.P.P.N.). Se ordenó la destrucción del material estupefaciente incautado y la disposición por Secretaría de los demás efectos que no guarden relación con el delito (con plazo de diez días hábiles para que las partes manifiesten interés). Se dispusieron las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Atento al estado del presente legajo, corresponde resolver la situación procesal de Jonathan Iván Vecci DNI 40.451.231, a quien oportunamente se le otorgó la suspensión del proceso a prueba, imponiéndosele el cumplimiento de las reglas de conducta indicadas en la Resolución N° 104/2018, dictada por este Tribunal el 15 de agosto de 2018."
"Tal como resulta acreditado con las constancias obrantes en autos a fojas 11/12 y 60/61 y lo dictaminado por el Fiscal Federal, a fojas 63 (a lo que me remito en honor a la brevedad), el causante cumplió con las exigencias que se le impusieron relativas a realizar trabajos comunitarios y donaciones por el término de año."
"Asimismo, en el incidente de mención se encuentra agregado, a fojas 64, el informe de antecedentes del Registro Nacional de Reincidencia, del cual se desprende que el encausado no registra antecedentes penales posteriores a la concesión del beneficio en análisis. Asimismo, a fojas 29, se agregó la constancia de pago de la multa oportunamente impuesta."
"Por tales motivos, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Fiscal corresponde dictar el sobreseimiento de Vecci, por extinción de la acción penal (art. 76 ter del C.P. y art. 336, inciso 1), del C.P.P.N.)."
- Votos/disidencia: No consta disidencia; la resolución aparece firmada por el Juez de Cámara Mario Jorge Gambacorta y secretaria, y la parte resolutiva final es la que prevalece.
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