Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ, MARCOS FABIAN Y OTROS s/CONTRABANDO ARTICULO 863 - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. D) - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. A) - CODIGO ADUANERO y CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO QUERELLANTE: AFIP - DGA
Solicitud de prórroga de prisión preventiva por parte del Ministerio Público Fiscal. La Cámara Federal de Juicio N°2 de Rosario hizo lugar a la prórroga por un año y mantuvo la prisión domiciliaria de Marcelo Sebastián Maldonado en los mismos términos.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por el doctor Reynares Solari).
- Demandados / afectados por la medida: Marcos Fabián Fernández (DNI 26.775.277); Marcelo Sebastián Maldonado (DNI 35.644.835); Rodrigo Edgardo Larrea (DNI 26.730.052).
- Objeto de la petición: Prórroga de la prisión preventiva hasta el dictado de sentencia o subsidiariamente por el plazo de un año; mantenimiento de la modalidad domiciliaria de Marcelo Sebastián Maldonado.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido fiscal y se prorrogó la prisión preventiva de Fernández, Maldonado y Larrea a partir del 07/12/2024 por el plazo de un año, con vencimiento el 07/12/2025 o hasta el dictado de la sentencia correspondiente; además se mantuvo la prisión domiciliaria de Marcelo Sebastián Maldonado en los mismos términos y condiciones dispuestos al momento de su otorgamiento; se ordenó comunicar a la Cámara Federal de Casación Penal y al Consejo de la Magistratura e insertar la resolución en el Centro de Información Judicial.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Concedida la palabra a los defensores y al Fiscal, se presentan a los fines de dejar constancia registral, como así también lo hace Marcelo Sebastián Maldonado, DNI N°35.644.835. El doctor Martín Gesino informa que sus asistidos Fernández y Larrea, quienes se encuentran alojados en el CPF II de Marcos Paz y CPF de CABA, respectivamente, se reintegraron a sus pabellones y que los impondrá de todo lo que acontezca en la audiencia. Presidencia explica los motivos de la presente, le hace saber a Maldonado que en cualquier momento de la audiencia puede solicitar conferenciar en forma privada con su abogado defensor, a continuación, otorga la palabra a la representante de la Fiscalía, quien solicita la prórroga de prisión preventiva de Fernández, Maldonado y Larrea, por los fundamentos que expone. Peticiona la prórroga de la medida cautelar hasta el dictado de la resolución de fondo, subsidiariamente, por el plazo de un año."
"Por su parte, el Defensor Público Oficial solicita el cese de la prisión preventiva, alega que no fue demostrada la peligrosidad procesal referida por el Fiscal, indica que la causa ya tiene fecha de juicio para el día 21/04/2025, hace alusión a las condiciones personales de sus asistidos, ofrece comparezcan en forma mensual o semanal hasta la realización del juicio y la retención, en su caso, de sus pasaportes."
"Por los argumentos expuestos de forma oral por Presidencia en el marco de la audiencia, el Tribunal RESUELVE: 1. Hacer lugar al pedido formulado por el representante del Ministerio Público Fiscal; 2. Prorrogar la prisión preventiva de Marcos Fabián Fernández (DNI 26.775.277), Marcelo Maldonado (DNI 35.644.835) y de Rodrigo Edgardo Larrea (DNI 26.730.052) a partir del 07 de diciembre de 2024 por el plazo de 1 año, operando como vencimiento el día 07 de diciembre de 2025, o hasta el dictado de la sentencia correspondiente (artículos 1º, 3º y 4º de la Ley 24.390 -según Ley 25.430-; y 280 del Código Procesal Penal de la Nación); 3. Hacer lugar al pedido del doctor Ramiro Cattaneo y mantener la prisión domiciliaria de Marcelo Sebastián Maldonado, en los mismos términos y condiciones dispuestos al momento de su otorgamiento; 4. Comunicar a la Cámara Federal de Casación Penal...; 5. Insertar, hacer saber y publicar en el Centro de Información Judicial."
- Disidencias: No consta firma en disidencia; se deja constancia que la Dra. Elena Beatriz Dilario no formó parte del acuerdo por licencia.
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