Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DUVEAUX , LUIS ALBERTO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputaron a Luis Alberto Duveaux por transporte de estupefacientes por llevar 27.987,10 g de una mezcla con 80,49% de clorhidrato de cocaína. La Cámara (Tribunal Oral Federal N°2, Dra. María Noel Costa) condenó a Duveaux a 5 años de prisión, multa de 45 unidades fijas, declaró la reincidencia y ordenó el decomiso del celular y del vehículo y la destrucción de la droga.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal Federal Dr. Carlos María Casas Nóblega, quien propuso y celebró un acuerdo de juicio abreviado.
Demandado: Luis Alberto Duveaux (DNI 17.437.075).
Objeto: Se le atribuye la comisión del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c ley 23.737 y art. 45 CP) por transportar en el baúl del vehículo 28 paquetes que totalizaron 27.987,10 gramos de una mezcla compuesta en 80,49% por clorhidrato de cocaína.
Decisión: Se condenó a Luis Alberto Duveaux como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes y se le impuso la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE CUARENTA Y CINCO (45) UNIDADES FIJAS, CON DECLARACIÓN DE REINCIDENCIA, accesorias legales y costas. Se ordenó el decomiso del celular marca Samsung modelo J7 y del vehículo marca Fiat Duna SL, dominio UAE-953, y la destrucción del material estupefaciente secuestrado. (La decisión coincide con la Parte Resolutiva transcripta en la sección 0).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Descripción de los hechos y cantidad de droga: “Con fecha 30 de julio de 2023, entre las 09:05 y 9:15 horas aproximadamente, en la autopista Córdoba-Rosario a la altura del Peaje Toledo con dirección a la ciudad de Córdoba, Luis Alberto DUVEAUX transportó, a bordo de un vehículo marca Fiat, modelo Duna SL, color gris, dominio UAE-953, veintisiete mil novecientos ochenta y siete gramos con diez (27.987,10 gr.) de una sustancia pulverulenta compacta, de color blanco, consistente en una mezcla de clorhidrato de cocaína y cloruros que se encontraba acondicionada en veintiocho (28) paquetes...”
2) Pericia sobre la composición y peso: “mediante pericias de fs.154/158, 159/163 y 164/166, se pudo obtener que en el material aportado ... se obtuvieron resultados que corresponden con la presencia de una mezcla de cocaína en un calor porcentual promedio de ochenta coma cuarenta y nueve por ciento (80,49%), ... Todo lo cual hace un peso total de veintisiete mil novecientos ochenta y siete coma diez gramos (27.987,10g).”
3) Valoración del acuerdo y de la autoría: “Habiendo acordado el Tribunal la pertinencia de la aplicación en la especie del procedimiento previsto en el artículo 431 bis ... Con las pruebas acumuladas en la presente causa se ha acreditado con el grado de certeza requerido en esta etapa del proceso, la existencia de los hechos narrados y el grado de participación de Luis Alberto Duveaux en el mismo.” Además, el Tribunal destaca la admisión de culpabilidad: “el reconocimiento de la autoría realizado por el nombrado al momento de llevarse a cabo el acuerdo de juicio abreviado ... reafirmando esta admisión de culpabilidad al manifestar el imputado, en audiencia de visu, que ratificaba la conformidad prestada oportunamente en el acta acuerdo ... sobre la existencia de los hechos, la participación en el mismo y la calificación legal propuesta.”
4) Determinación de pena y circunstancias: “A la hora de valorar la pena, se valora como circunstancias agravantes: la naturaleza de la acción y extensión del daño teniendo en cuenta el tipo y cantidad de estupefaciente involucrado en el hecho; y que no es la primera vez que se encuentra en conflicto con la ley penal. Por otro lado, como circunstancias atenuantes, se tiene especialmente en cuenta la colaboración con la justicia brindada en el marco del presente acuerdo ... la edad y estado de salud del imputado, su bajo nivel de instrucción... Por todo lo expuesto supra, estimo conveniente CONDENAR a Luis Alberto Duveaux ... PENAS detalladas en la parte resolutiva.”
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el documento; la decisión fue dictada por la Dra. María Noel Costa en el Tribunal Oral Federal N°2 integrado unipersonalmente.
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