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PERALTA, LUCIO ANDRES c/ INDAR TAX S.A s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra Indar Tax S.A. y su aseguradora. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y confirmó además las costas y la regulación de honorarios, señalando que los agravios de la aseguradora eran genéricos y no rebatieron la valoración probatoria.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Indemnizacion Intereses Honorarios Ley 27423 Art. 265 cpccn Costas Pericia mecanica Camara nacional de apelaciones en lo civil

Actor: Lucio Andrés Peralta. Demandados: Indar Tax S.A. (propietaria del taxi) y Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. (aseguradora). Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 30/06/2020.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó en todas sus partes la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a Indar Tax S.A. (y en los términos de los considerandos, a Orbis) al pago indemnizatorio; impuso costas de segunda instancia a la citada en garantía y confirmó las regulaciones de honorarios por no resultar elevadas, regulando además los honorarios de la representación de la demandada en 14,10 UMA ($1.267.238). Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "La expresión de agravios, como su nombre lo indica, supone expresar el perjuicio, la derrota que el pronunciamiento le produce al agraviado, fundado en hechos y derecho... Debe concretar los agravios sobre cada parte que considera equivocada, manifestando con precisión las razones en que se apoya."
- "No encuentro que el escrito presentado por Orbis cumpla con tales recaudos... Esas afirmaciones no constituyen una crítica concreta y razonada de los fundamentos que sostienen la decisión recurrida."
- "En definitiva, la queja no pasa de exteriorizar un mero desacuerdo con la solución adoptada, sin rebatir de manera concreta los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la atribución de responsabilidad decidida en la instancia de grado. Por ello, propongo declarar desiertos los agravios de la citada en garantía sobre este aspecto (art. 265 del CPCCN)."
- Sobre intereses: "Las partidas indemnizatorias fueron establecidas a valores actuales... corresponde confirmar la tasa de interés establecida en la sentencia."
- Sobre honorarios: se ordena valorar trabajos según art. 16 de la ley 27423 y "En consecuencia, por no resultar elevados, se confirman los honorarios regulados al letrado patrocinante de la parte actora... En cuanto a los honorarios del apoderado de la demandada y citada en garantía, Dr. Hernán José Corach, lo regulado por las tres etapas del proceso no resulta elevado, por lo tanto, se los confirma." No hubo votos en disidencia relevantes: la Dra. Benavente adhirió al voto principal y el acuerdo resolvió conforme lo transcripto.

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