Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SUAREZ, SANTIAGO OSCAR Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Procesaron a Suárez y Kees por transporte de estupefacientes y los condenaron en juicio abreviado; la Cámara (Tribunal Oral de Santa Fe) impuso a Suárez 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas y a Kees 2 años de prisión y multa de 22,5 unidades fijas, ordenando además decomiso del vehículo, destrucción de la droga y devolución retenida de $42.920.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la fiscal auxiliar Dra. María Florencia Álvarez), que propuso y celebró acuerdo de juicio abreviado.
Demandado: Santiago Oscar Suárez y Germán Augusto Kees, imputados por la ley 23.737.
Objeto: Imputación por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c ley 23.737), por transporte de 125 g de cocaína y 1341 g de marihuana hallados en un vehículo Volkswagen Gol (dominio EGS 850) el 10/10/2023.
Decisión: Se condenó a Santiago Oscar Suárez como autor del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas; se condenó a Germán Augusto Kees como partícipe secundario a la pena de dos (2) años de prisión y multa de veintidós y media (22,5) unidades fijas. Se ordenó el cómputo de las penas, la imposición de costas por $4.700 a los condenados, la destrucción del estupefaciente en acto público, el decomiso del automóvil Volkswagen Gol dominio EGS 850 y la devolución, oportunamente, del dinero en efectivo incautado de $42.920, que quedará retenido en garantía (con destrucción de elementos no retirados en 3 meses).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje del tribunal):
1) "El plexo probatorio que conduce a tal aseveración se encuentra conformado por el acta de procedimiento de fs. 3/5, que documenta las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo el hallazgo e incautación del material ilícito; conteniendo los requisitos legales exigidos por los arts. 138 y 139 del CPPN, goza de la presunción de legitimidad dispuesta en el art. 296 del CCCN, constituyendo un instrumento público que hace plena fe de los hechos que reproduce."
2) "Las comprobaciones técnicas llevadas a cabo durante el procedimiento por personal especializado del Laboratorio Químico de la Agencia de Investigación Criminal (fs. 18/21), confirma que las sustancias efectivamente se tratan de 125 gramos de cocaína y 1341 gramos de marihuana."
3) "Por ello, Santiago Oscar Suárez deberá responder como autor en los términos del art. 45 del CP, tal como lo admitiera expresamente al formalizar el acuerdo con la fiscalía... En lo que atañe a Germán Augusto Kees, ... apareciendo con una participación secundaria que hace que su conducta quede subsumida en las previsiones del art. 46 del CP."
4) "De tal forma y constatando que las partes han acordado el mínimo de la escala penal prevista en abstracto para el delito atribuido a Santiago Oscar Suárez, se torna innecesario realizar cualquier tipo de valoración al respecto; por lo que se le impondrá la pena de cuatro (4)
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