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Incidente Nº 11 - IMPUTADO: FERNANDEZ LEZCANO, MARÍA LUISA s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

La defensa solicitó arresto domiciliario para María Luisa Fernández Lezcano por razones de arraigo y situación familiar; la Cámara Oral Federal de La Pampa hizo lugar al arresto domiciliario con obligación de permanencia y colocación de dispositivo electrónico. Se ordenó además la presentación quincenal en la dependencia policial hasta instalar el equipo y el inmediato traslado desde la Unidad Penitenciaria Federal N°13 al domicilio indicado.

Arresto domiciliario Monitoreo electronico Prision domiciliaria Cppf art. 210 Medida cautelar Arraigo Tribunal oral en lo criminal federal de la pampa Unidad penitenciaria Presentacion quincenal Morigeracion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Defensor Particular Dr. Gastón Gómez en representación de María Luisa Fernández Lezcano. Demandado: Se solicitó la morigeración de la medida cautelar ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Pampa; intervino el Ministerio Público Fiscal (Dra. Iara Silvestre) que prestó conformidad a la morigeración condicionada. Objeto: Pedido de arresto domiciliario (prisión domiciliaria) para la imputada, con colocación de dispositivo electrónico de monitoreo y medidas de sujeción alternativas. Decisión: Se hizo lugar al arresto domiciliario de María Luisa Fernández Lezcano en el domicilio sito en calle Somellera y Pasaje Gauchito Gil N° 138, manzana 7 de Villa Soldati (CABA), imponiéndose la obligación de permanecer en la residencia sin poder ausentarse sin autorización del Tribunal; se solicitó la colocación de dispositivo electrónico y se dispuso la presentación quincenal en la sede policial más cercana hasta su instalación; se comunicó la decisión a la Unidad Penitenciaria Federal Nº13 para materializar el inmediato traslado de la interna al domicilio consignado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Al respecto, adelanto que por existir conformidad entre las partes para la modalidad de arresto domiciliario
- de la acusada, por imperio de las reglas que guían el sistema acusatorio, corresponde sin más, aceptar lo propuesto por las partes y, por lo tanto, conceder lo peticionado por la defensa." "En la misma línea corresponde disponer las medidas sugeridas por la representante del Ministerio Público Fiscal en tanto la causa que se le sigue a la nombrada, aún se encuentra en trámite." "Por lo demás, cabe destacar que lo dicho concuerda con lo normado en el artículo 210 y concordantes del CPPF ... que establecen que las medidas de coerción serán dispuestas a pedido del representante del Ministerio Público Fiscal o el querellante." "Conforme lo solicitado por la Fiscalía, requiérase a las autoridades de la Dirección de Asistencia para Personas con Monitoreo electrónico la colocación de un dispositivo para su contralor. Asimismo, y hasta tanto no se efectivice su colocación, deberá presentarse en la sede de la policía local más cercana a su domicilio quincenalmente, debiendo dicha sede enviar digitalmente a este Tribunal las constancias respectivas."
- Votos y disidencia: No se consignan votos en disidencia; la resolución es la que figura como dispositivo final y fue firmada por el Presidente del Tribunal, Dr. Marcos Javier Aguerrido.

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