Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: GONZALEZ, RUBEN ANTONIO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.29)
Procesamiento penal por delito de confabulación para el tráfico de estupefacientes seguido contra Rubén Antonio González. La Cámara/Tribunal Oral aceptó el juicio abreviado, condenó a González como autor de confabulación para el tráfico de estupefacientes a la pena de un (1) año de prisión de cumplimiento efectivo y declaró su reincidencia, ordenando el cómputo y la imputación de costas ($4.500).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General que requirió elevación y trámite de juicio abreviado).
Demandado: Rubén Antonio González, DNI 31.881.784, detenido en el Complejo Penitenciario Federal I.
Objeto: Se le imputa la conducta de confabulación para el tráfico de estupefacientes (art. 29 bis Ley 23.737) en carácter de autor (art. 45 CP), dentro de una investigación sobre una organización dedicada al contrabando/comercialización de estupefacientes.
Decisión: Se aceptó el trámite de juicio abreviado y se condenó a Rubén Antonio González como autor del delito de CONFABULACIÓN PARA EL TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES (arts. 29 bis de la ley 23.737 y 45 del CP) a la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN, de cumplimiento efectivo, con la declaración de reincidencia (art. 50 CP). Se ordenó practicar el cómputo de pena y se impusieron las costas al condenado, fijando la tasa de justicia en $4.500 con intimación a pago en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que el pedido de encausar este proceso bajo el trámite del juicio abreviado ha sido formulado por el Ministerio Público Fiscal temporáneamente, conforme lo prevé la norma legal citada, y se ha acompañado el acta en la que consta la conformidad del procesado, asistido por su defensa técnica. Asimismo, habiéndose celebrado la audiencia de visu, entiendo viable el procedimiento abreviado solicitado..."
"Ha quedado acreditado en autos que el imputado Rubén Antonio González junto con los demás consortes de causa, realizaron conductas dirigidas a la finalidad común de comercializar estupefacientes en la ciudad de Santa Fe y alrededores, al menos desde mayo del 2023 y hasta el 09/04/2024 –fecha en que se lo detuvo-. Tal afirmación se desprende de las comunicaciones correspondientes a la intervención de la línea telefónica utilizada por el encausado..."
"Por ello, la interpretación dada por la fiscalía al plexo probatorio existente revista la razonabilidad suficiente para ser aceptada en el marco del acuerdo de juicio abreviado, quedando dichas conductas preparatorias incluidas en la figura de confabulación, prevista y penada por el art. 29 bis de la Ley 23.737."
"Sentado ello, he de considerar que Rubén Antonio González fue condenado ... el 28/06/2011 ... a la pena de 10 años ... que luego se conmutó en nueve años y nueve meses ... Por lo expuesto ... se impondrá al imputado Rubén Antonio González la pena de un (1) año de prisión de cumplimiento efectivo, con más la declaración de reincidencia (art. 50 del Código Penal)."
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la resolución es única y final.
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