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Legajo Nº 7 - IMPUTADO: RAMIREZ, WALTER LUCIANO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Ejecución de pena por transporte de estupefacientes solicitó libertad por agotamiento de condena. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Mar del Plata) dispuso la libertad de Walter Luciano Ramírez por vencimiento de la pena de cuatro años, que se hará efectiva el 24/02/2025, y sostuvo lo resuelto respecto de la multa impuesta.

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¿Quién es el actor?

Walter Luciano Ramírez (nocente/pronunciado en legajo de ejecución de pena).
- Demandado / autoridad frente a la que se tramita: Tribunal Oral Federal de Mar del Plata (legajo de ejecución de pena).
- Objeto de la demanda: Solicitud de libertad por agotamiento de la pena impuesta por el delito de transporte de estupefacientes y cuestión relativa al cumplimiento de la multa impuesta.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó la libertad de Walter Luciano Ramírez por agotamiento de la pena temporal de cuatro (4) años de prisión; la libertad se hará efectiva el día 24 de febrero de 2025 desde la Colonia Penal 12 de Viedma (Río Negro), siempre que no exista orden restrictiva emanada de otra autoridad jurisdiccional competente. Asimismo, se dejó constancia de estar a lo resuelto el 5 de febrero de 2025 respecto de la multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas impuesta al nocente.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que por sentencia glosada a fs. 1 del presente, se dispuso condenar a Walter Luciano Ramírez a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso, por resultar autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes (conf. arts. 5, 12, 29 inc. 3, 40, 41, 45 del Código Penal; art. 5 inciso “c” de la ley 23.737 y 431 bis, 530 y 531 del CPPN)." "Del cómputo de pena obrante a fs. 2 surge que el vencimiento de la pena impuesta operará el 24 de febrero del corriente año." "Encontrándose el causante detenido en la Colonia Penal 12 de Viedma –Río Negro
- del Servicio Penitenciario Federal a disposición exclusiva de este tribunal, y teniendo presente lo resuelto el 5 de febrero de 2025 en relación a la multa impuesta, corresponde disponer su libertad en la fecha señalada, la que deberá hacerse efectiva, siempre que no registre orden restrictiva de libertad emanada de otra autoridad jurisdiccional competente."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión es la que aparece transcripta en la sección dispositiva.

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