Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FUNES, LAUTARO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C), INFRACCION LEY 23.737 (ART.7), INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C) y TENEN.MUNICIONES DE ARMAS DE GUERRA *MOD.LEY 25886
Juicio abreviado homologado y condenas por narcomenudeo y acopio de municiones. El Tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Lautaro Funes, Joana Funes, Alejandra Ferreyra y Pablo Miranda por tráfico de estupefacientes con penas de 17, 6½, 4y2 meses, 3y6 meses y 3/3y3 meses respectivamente, disponiendo decomiso y destrucción de estupefacientes.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal Coadyuvante y Auxiliar Fiscal actuantes en la audiencia).
- Demandados / Imputados: Lautaro Funes; Joana Funes; Alejandra Verónica Ferreyra; Pablo (David) Miranda.
- Objeto de la demanda: Solicitud de juicio abreviado y homologación del acuerdo alcanzado entre Fiscalía y las defensas por hechos de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas, concurrencia real con acopio de municiones y piezas de armas de fuego; pedido de unificación de penas y declaración de reincidencia/revocación de condicionalidad cuando correspondiera; decomiso y destrucción de efectos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al juicio abreviado y se homologó el acuerdo presentado. Se condenó a Lautaro Funes como coautor a seis (6) años y seis (6) meses de prisión con multa de 67,5 unidades fijas ($1.181.250) y, por unificación y reincidencia, pena única de diecisiete (17) años, multa adicional de $18.750; se condenó a Joana Funes a cuatro (4) años y dos (2) meses y multa de 24 unidades ($420.000); a Alejandra Ferreyra a tres (3) años y seis (6) meses y multa de 24 unidades ($420.000); a Pablo Miranda a tres (3) años y multa de 24 unidades ($420.000) y, por revocación de condicionalidad, pena única de tres (3) años y tres (3) meses. Se impuso decomiso de $28.000 y de dos motovehículos, destrucción del material estupefaciente, costas, tasa de justicia $4.700 y demás pronunciamientos del dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del fallo):
1) "El instituto de juicio abreviado habilita la prescindencia del debate oral y público y limita los fundamentos de la sentencia a la verificación de las pruebas recolectadas durante la instrucción; ello, de conformidad con las previsiones del inciso 5º, del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
2) "Los reconocimientos expresos y libres de los causantes respecto de la materialidad atribuida y sus responsabilidades en los hechos, desplaza las facultades del Tribunal a un examen de acuerdo y limitado a su legalidad, razonabilidad y correspondencia con el material probatorio en que se sustenta."
3) "Todo lo expuesto otorga fuerza probatoria eficaz a la plataforma fáctica colectada y me conduce a tener por confirmada la materialidad del hecho atribuido a los nombrados que, a su vez, fuera reconocido por los propios acusados y sus defensas en el acuerdo de juicio abreviado."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento; la sentencia es emitida por el juez firmante y el dispositivo final es el que se ha transcripto.
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