Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SANCHEZ, MALVINA GISELA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)
Suspensión de juicio a prueba cumplida y pedido fiscal de sobreseimiento. La Cámara (Tribunal Federal de Juicio Nº2 de Rosario) declaró la extinción de la acción penal y sobreseyó a Malvina Gisela Sánchez por el delito previsto en el artículo 14, párrafo primero, de la ley 23.737, por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del juicio a prueba.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal Claudio Kishimoto formuló el dictamen).
- Demandado/Imputada: Malvina Gisela Sánchez (DNI 29.311.925).
- Objeto de la demanda: Declaración de extinción de la acción penal y dictado de auto de sobreseimiento respecto del delito previsto en el artículo 14, párr. primero, de la Ley 23.737, tras cumplimiento de la suspensión del juicio a prueba prevista en el artículo 76 ter del Código Penal.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la extinción de la acción penal y se sobreseyó a Malvina Gisela Sánchez, conforme artículos 76 ter (cuarto párrafo) del Código Penal y 336, inciso 1° y 361 del Código Procesal Penal de la Nación; además se ordenó insertar, hacer saber, publicar y archivar las actuaciones.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"1. Que la imputada Malvina Gisela Sánchez fue requerida a juicio por la presunta comisión del delito previsto y penado en el artículo 14, párrafo primero, de la Ley 23.737. Que en esta instancia, en fecha 8 de noviembre de 2022, se dictó la suspensión del juicio a prueba a su respecto, imponiéndosele el cumplimiento de las reglas de conductas indicadas en el punto II de aquél decisorio. En efecto, se creó el Legajo FRO 88033/2018/TO1/5, del que surge que la nombrada cumplió con las condiciones allí impuestas, conforme decreto de fecha 5 de julio de 2024, mediante el cual -en función de ello
- se remitieron nuevamente las actuaciones."
"2. Recepcionadas las mismas, se solicitó al Registro Nacional de Reincidencia la remisión de un informe de antecedentes penales actualizados respecto de la encausada, surgiendo del mismo que no cometió delitos durante el plazo mediante el cual se le concedió el beneficio aludido."
"3. Conferida la vista pertinente al Ministerio Público Fiscal, y evacuada la misma, el Fiscal Federal Claudio Kishimoto, entendió que corresponde dictar el sobreseimiento de Sánchez por extinción de la acción penal, conforme lo dispuesto por los artículos 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal y 361 del Código Procesal Penal de la Nación."
- No constan votos en disidencia.
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