Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RUIZ, JOSÉ MARIA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputado acusado por tenencia y comercio de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara (Tribunal Oral) aprobó el juicio abreviado y condenó a José María Ruiz a cuatro años de prisión (cumplimiento domiciliario con monitoreo electrónico), multa de 45 Unidades Fijas, decomiso de bienes, devolución del vehículo y destrucción del estupefaciente.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. Iara Jesica Silvestre).
- Demandado/Imputado: José María Ruiz, DNI 11.462.408.
- Objeto de la causa: Imputación por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c de la Ley 23.737) en concurso real, hechos del 2 de agosto de 2024.
¿Qué se resolvió?
Se aprobó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a José María Ruiz a CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN y MULTA de 45 Unidades Fijas, accesorias legales y costas; pena a cumplirse en modalidad domiciliaria con colocación de dispositivo electrónico de monitoreo; se ordenó el cómputo de la pena, el decomiso de los efectos indicados, la devolución del automotor dominio BQB-152 y la destrucción del remanente del estupefaciente.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "El mecanismo del juicio abreviado ... es un régimen de condenación negociada entre las partes ... El consenso sobre el hecho y la pena torna innecesario el juicio por no haber controversia entre las partes." (considerando sobre admisibilidad y naturaleza del procedimiento).
- "En este caso en concreto, las partes han acordado y detallado los hechos y la calificación asignada a los mismos de forma correcta, en mi opinión, consistente en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c de la Ley 23.737) en concurso real (art. 55 CP), debiendo responder como autor material penalmente responsable (art. 45 CP), atribuido a José María Ruíz."
- "Tengo por acreditado que la presente causa se inició el día 29 de julio de 2024 ... El día 2 de agosto de 2024 se efectuó el allanamiento ... se procedió al secuestro de: diez envoltorios ... que pesaron ...; un trozo compacto de sustancia blanca que pesó 83 gramos ... los que reaccionaron de manera positiva para cocaína ..."
- "Todo ello se complementa con el reconocimiento efectuado por el propio imputado, lo que permite corroborar que los hechos existieron y fueron cometidos por Ruiz, tal como fuera manifestado en el acuerdo de juicio abreviado, ratificado en la audiencia de conocimiento de visu."
- "Las partes acordaron el mínimo legal: CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN de efectivo cumplimiento -a cumplirse en modalidad domiciliaria con colocación de dispositivo electrónico de monitoreo ...
- y MULTA de 45 unidades fijas ... la que encuentro razonable en atención a las características de los hechos."
No hubo votos en disidencia relevantes en la resolución objeto de la sentencia.
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