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ATOS PAMPA S.R.L. c/ INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Atos Pampa S.R.L. demandó al Instituto Nacional de Vitivinicultura por la imposición de sanciones por presunto vino aguado. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, revocó la Disposición DI-2020-385-APN-IN V y dejó sin efecto las sanciones por errores e insuficiente motivación administrativa, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Contencioso administrativo Revocatoria Inv Vino aguado Prueba pericial Muestras analiticas Nulidad por insuficiente motivacion Costas Honorarios ley 27.423 Art. 23 ley 14.878


¿Quién es el actor?

ATOS PAMPA S.R.L., representada por Marcos Sebastián Astesano y con patrocinio de la Dra. María Alejandra Burgos.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV).
- Objeto de la demanda: Nulidad y revocación de la Disposición N° DI-2020-385-APN-IN V (02/12/2020) que impuso multa ($33.720), inhabilitación de técnico por seis meses y destilación solidaria de producto, por presunta infracción al art. 23 inc. a) y sanción del art. 24 inc. h) Ley 14.878, por haber clasificado lotes como "producto no genuino – aguado".

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se revocó la Disposición N° DI-2020-385-APN-IN V de fecha 02/12/2020, dejando sin efecto las sanciones impuestas a la actora; se impusieron las costas a la parte demandada; se regularon honorarios de la Dra. María Alejandra Burgos en $664.360; no se regularon honorarios de la letrada de la demandada; se aclaró aplicabilidad del art.10 de la ley 27.423 y se requirió cumplimiento de aportes previsionales y colegiales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Considero que le asiste la razón a la accionante con respecto a otro de los planteos que efectuó en su escrito inicial en contra de la resolución administrativa impugnada en autos. Concretamente me refiero a la falta de certeza existente en relación a las muestras valoradas para imponer la sanción a la actora." "La primera de ellas se encuentra vinculada con las diferencias analíticas en alcohol, extracto seco, acidez total y volátil, que arrojan un manto de duda sobre el hecho de que las muestras valoradas hayan sido tomadas del mismo tanque." "En suma, a mérito de la prueba incorporada y de los argumentos expuestos en el presente considerando es que corresponde hacer lugar a la demanda interpuesta por el representante de ATOS PAMPA S.R.L. y, en consecuencia, revocar la Disposición N° DI -2020
- 385-APN -INV#MAGYP de fecha 02/12/2020 dictada en Expediente N° 2019
- 51526537-APN -DC#INV, y notificada el día 11/12/2020, dejando sin efecto las sanciones impuestas a la actora en dicho acto administrativo."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia; el bloque dispositivo final es el pronunciamiento del Tribunal.

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