Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GODOY, LUCIANO DAMIAN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.E)
Procedimiento abreviado por tenencia con fines de comercialización y tenencia simple de estupefacientes. La Cámara homologó el acuerdo de procedimiento abreviado y condenó a los tres imputados a 3 años de prisión de ejecución condicional y multa de 34,5 unidades fijas ($603.750), imponiendo reglas de conducta y medidas accesorias.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado en la audiencia por el Dr. Mariano Barabani).
- Demandados / Imputados: Luciano Damián Godoy (DNI 30.407.003), Santiago Alejandro Melera (DNI 38.722.744) y Marcelo Javier Leiva (DNI 35.249.805).
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado conforme al art. 431 bis del Código Procesal Penal y pronunciamiento de condenas por delitos previstos en la ley 23.737.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo presentado por las partes; se condenó a los imputados conforme al detalle del dispositivo: a cada uno, pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y multa de 34,5 unidades fijas (equivalente a $603.750) y costas; en particular, Melera además fue condenado en concurso real como autor de tenencia simple de estupefacientes; se impusieron reglas de conducta, decomiso de $6.920 y una tarjeta micro SD, destrucción del estupefaciente, devolución de otros efectos no relacionados, levantamiento de prohibiciones y devolución de caución de Leiva ($80.000), y orden de libertad para Godoy y Melera conforme a lo dispuesto.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. Condenar a Luciano Damián Godoy, DNI 30.407.003, a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, multa de 34,5 unidades fijas que equivale a la suma de pesos $603.750 y costas, por considerarlo partícipe secundario del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de tenencia con fines de comercialización, agravado por ser cometido en inmediaciones de una institución deportiva..."
"III. Condenar a Santiago Alejandro Melera... a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, multa de 34,5 unidades fijas... por considerarlo partícipe secundario del delito de tráfico de estupefacientes...; en concurso real por considerarlo autor del delito de tenencia simple de estupefacientes previsto y penado en el artículo 14 primer párrafo de la ley 23.737..."
"V. Imponer a los nombrados las reglas de conducta expresamente acordadas por las partes... 2) Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y de relacionarse con personas vinculadas con el narcotráfico."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acta; el dispositivo final es la decisión del Tribunal.
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