Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RANDISI, JONATAN JOEL s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)
Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes: la Cámara homologó el acuerdo y condenó a Jonatan Joel Randisi a 2 años y 9 meses de prisión de ejecución condicional, más multa y costas. La sentencia funda la homologación en la acreditación de la materialidad y la autoría sobre la base de las pruebas de instrucción y la ratificación del encartado en la audiencia prevista por el artículo 431 bis CPPN.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por el Fiscal Federal Dr. Claudio Kishimoto).
- Demandado / Imputado: Jonatan Joel Randisi.
- Objeto de la resolución: Homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737); fijación de pena y reglas de conducta; imposición de costas y cargas pecuniarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud de juicio abreviado y se homologó el acuerdo; se condenó a Jonatan Joel Randisi a la pena de dos años y nueve meses de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y costas; se le impusieron reglas de conducta por igual término que la condena; se ordenó el pago de la tasa de justicia solidaria ($1.500) y la inclusión en costas del costo de la pericia química (2,30 UMA = $34.345), entre otras medidas administrativas (levantamiento de inhibición, cese de prohibición de salida del país, comunicación al Registro Nacional de Reincidencia).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales relevantes):
1) "En base a lo antes expuesto -y siempre conteste con lo manifestado por las partes en el acuerdo presentado-, en lo que respecta a la participación de Randisi en el hecho objeto de enjuiciamiento, se ha probado la autoría del encausado en relación con la conducta atribuida, que encuentra sustento en el rol que desempeñó en la ejecución del ilícito precedentemente descripto (artículo 45 del Código Penal)."
2) "En definitiva, las valoraciones efectuadas por las partes en el acta presentada al tribunal, a los efectos de acreditar el hecho objeto de enjuiciamiento así como la participación asignada al encausado, aparecen exentas de arbitrariedad, por lo que debe ajustarse al grado de responsabilidad atribuido al acusado en el acuerdo bajo análisis; concretamente, Jonatan Joel Randisi debe responder como autor (artículo 45 del Código Penal) del delito de tenencia de estupefacientes, previsto y penado en el artículo 14°, primer párrafo de la ley n° 23.737."
3) "Tanto el acusado como su defensa letrada, han prestado conformidad con el pedido de pena y sus consecuencias legales, conforme lo manifestado en el acta expedida en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación y lo ratificado en la audiencia de visu."
4) "El resultado del proceso apareja la imposición de las costas causídicas al condenado (artículos 29, inciso 3, del Código Penal y 431 bis, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación), en las que se incluirá, atento lo dispuesto en la resolución n° 49-E/2018 del Ministerio de Seguridad de la Nación y lo acordado por las partes, el costo que originó la realización de la pericia química practicada por el Gabinete Científico de la Policía Federal Argentina, que asciende a un total de 2,30 UMA, equivalente a la suma de pesos de treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y cinco ($34.345)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es unipersonal dictada por la Jueza de Cámara.
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