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Incidente Nº 1 - ACTOR: TORRES, JORGELINA MARIA DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Ejecución de sentencia previsional contra ANSeS por reajustes varios. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada y la regulación de honorarios, reguló los honorarios del alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia e impuso las costas a la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: TORRES, Jorgelina María (actora / ejecutante). Demandado: ANSeS. Objeto: Ejecución de sentencia previsional y reajustes varios de la PBU (prestación previsional), con planilla practicada y aprobación de liquidación; también se discutieron diferencias en coeficientes de actualización y regulación de honorarios. Decisión: Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se confirmó la regulación de honorarios de la representación de la parte actora y de la perita; se regulan los honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; y se imponen las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423). Insértese, hágase saber, comuníquese y oportunamente devuélvase al Juzgado de origen. No participa del acuerdo el Dr. Aníbal Pineda por encontrarse en uso de licencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): 1) "En consecuencia, atento que el suplemento dinerario forma parte integrante del haber previsional del actor, debe computarse como haber percibido en los períodos en que fue efectivamente liquidado." 2) "Sin embargo, el perjuicio que resulta del error mencionado es insignificante en relación al monto de capital e intereses adeudado y atento al tiempo transcurrido resultaría inapropiado, un formalismo exagerado y contrario al principio de celeridad procesal, ordenar rehacer la planilla por este motivo, por lo que habrá de rechazarse el agravio." 3) "En cuanto a los honorarios correspondientes a la representación de la parte actora y de la perita, atento al criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... y toda vez que las actuaciones profesionales por las que se practicó la regulación apelada se iniciaron durante la vigencia de la Ley 27.423, ésta es la ley aplicable al caso. ... se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación." 4) "En relación a la regulación efectuada a la perita contadora ... se advierte que la suma establecida respeta los mínimos arancelarios, razón por la cual corresponde su confirmación." 5) "Las costas de esta instancia, se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; se aclara que "No participa del acuerdo el Dr. Aníbal Pineda por encontrarse en uso de licencia."

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