Logo

R; M. J. (EN REPRESENTACION DE P M) c/ ACCORD SALUD s/AMPARO LEY 16.986

Acción de amparo promovida por la madre en representación de su hijo menor y persona con discapacidad contra Accord Salud por cobertura de prestaciones médicas y educativas. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó en lo principal la sentencia de grado, pero revocó parcialmente la limitación de cobertura impuesta por el juez de primera instancia y condenó a Accord Salud a cubrir al 100% las consultas de control y seguimiento con las Dras. Kakisu y Paladino según indicación del médico tratante.

Amparo Obra social Cobertura medica Discapacidad Menor Consultas de control Revocacion parcial Costas Honorarios Ley 16.986

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: R., M. J. (en representación de P. M.), madre actuando en representación de su hijo menor y persona con discapacidad. Demandado: Accord Salud (obra social / agente de salud). Objeto: Amparo para obtener cobertura integral de prestaciones médicas (entre ellas consultas de control y seguimiento con Dra. Kakisu, gastroenteróloga pediátrica, y con Dra. Paladino, médica traumatóloga), escolaridad y otras terapias/servicios reclamados. Decisión: La Cámara declaró parcialmente desierto el recurso de la demandada respecto de ciertos agravios y rechazó los restantes, confirmando la sentencia de grado en todo lo apelado por la requerida; y, a su vez, hizo lugar al recurso de la accionante y revocó parcialmente la sentencia de grado únicamente en cuanto limitaba la cobertura de las consultas de control y seguimiento con las Dras. Kakisu y Paladino, condenando a Accord Salud a arbitrar los medios necesarios para brindar cobertura al 100% de dichas consultas en los términos indicados por el médico tratante y mientras dure el tratamiento. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon emolumentos para las letradas de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "En virtud de lo desarrollado, encuentro ajustado a derecho hacer lugar a la apelación deducida por la accionante, revocando parcialmente el fallo recurrido en cuanto limita la cobertura de las prestaciones reclamadas, y en consecuencia, acoger parcialmente la acción de amparo promovida, condenando a Accord Salud a arbitrar los medios necesarios, de manera inmediata, para brindar la cobertura al 100% de consultas de control y seguimiento con Dra. Kakisu, gastroenteróloga pediátrica, y consultas de control y seguimiento con Dra. Paladino, médica traumatóloga, en los términos indicados por el médico tratante y mientras dure el tratamiento." "Como he adelantado, el accionar de la obra social ha sido arbitrario e ilegal, lesionando derechos fundamentales del amparista y en virtud de ello, no se ha dado la hipótesis de la norma que habilita la exención en costas (art. 14 ley 16.986), ni tampoco se han sucedido circunstancias especiales que harían aplicable la dispensa dispuesta por la segunda parte del artículo 68 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación (aplicable por remisión art. 17 ley 16.986)."
- Disidencias relevantes: No hubo voto en disidencia; el Dr. Jiménez adhirió al voto del Dr. Tazza.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar