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Legajo Nº 15 - IMPUTADO: ESTEBAN, HUGO ALBERTO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

La defensa de Hugo Alberto Esteban solicitó la morigeración de la prisión para someterse a una cirugía de columna y su postoperatorio. La Cámara (TOF Mar del Plata, a través del juez Poderti) concedió la morigeración temporal desde el 15/4/2025 hasta el 20/8/2025, con supervisión electrónica GPS, evaluación del Cuerpo Médico Forense y postergación del pronunciamiento definitivo para el pleno.

Morigeracion Arresto domiciliario temporal Cirugia de columna Prision domiciliaria Gps Cuerpo medico forense Direccion de asistencia a personas bajo vigilancia electronica Ejecucion penal Servicio penitenciario federal Tof mar del plata


¿Quién es el actor?

Hugo Alberto Esteban, por intermedio de su defensa particular (Dr. César Raúl Sivo).
- Demandado/Parte contraria: Ministerio Público Fiscal y Servicio Penitenciario Federal (intervinientes en el incidente).
- Objeto de la demanda: Pedido de morigeración de la detención (arresto domiciliario temporal) para realizar estudios prequirúrgicos, cirugía de columna prevista y su postoperatorio en Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la morigeración temporal de la detención de Hugo Alberto Esteban desde el 15 de abril hasta el 20 de agosto de 2025, bajo cumplimiento domiciliario en Av. Jara nº 3842 y supervisión de la DAPBVE; se ordenó colocar dispositivo GPS antes del 15/4/2025, se solicitó informe de viabilidad al organismo correspondiente, se requirió al Cuerpo Médico Forense una junta médica entre el 7 y 11 de julio de 2025, se difirió la decisión definitiva sobre el arresto domiciliario al pleno y se dio intervención a la Dirección de Control y Asistencia a la Ejecución Penal para supervisión de la medida.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En primer lugar no puedo soslayar el evidente deterioro físico que se observa del encausado, lo que surge no solo del informe pericial del CMF de la CSJN de fecha 23 de septiembre de 2024 –I n° 20232/2024
- que aconseja la intervención quirúrgica propuesta por el Dr. Marcelo Grecco como médico de tratante del causante, sino también y fundamentalmente de la impresión causada al suscripto de un notorio deterioro de su movilidad, ello con motivo de la visita carcelaria que efectué el día 10 de marzo del corriente en el CPF I -Ezeiza
- en razón de mi función de Juez de Ejecución penal (art. 75 de la ley 24.121 y 208 del CPPN)." "Así el estado de situación, teniendo en consideración la oposición fiscal a la morigeración de prisión, los sucesivos informes del SPF que desaconsejan la cirugía y que se encuentra debidamente tratado en la órbita de dicho Servicio –informes del 7 de noviembre del 2024, 15 y 21 de enero del 2025, 5 y 27 de febrero de 2025 y 18 de marzo del 2025-, la proximidad de la cirugía a la debe someterse el nocente, mi función de Juez de Ejecución penal y lo dispuesto por el art. 3 de la ley 24.660; entiendo que deberá adoptarse una situación intermedia, concediéndole a Hugo Alberto Esteban la morigeración de prisión pero de carácter temporal y al solo efecto de la intervención quirúrgica y cursar el postoperatorio, quedando reservada la resolución definitiva del instituto a las resultas de lo que determine el tribunal toda vez que la sentencia a su respecto aún no ha adquirido firmeza."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia; la resolución final es la que figura en la parte resolutiva.

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