Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: COLO, DIEGO SEBASTIAN s/INFRACCION LEY 23.737
El Ministerio Público Fiscal acordó juicio abreviado por transporte de estupefacientes y cohecho; el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata homologó el acuerdo y condenó al imputado a cuatro años de prisión, con arresto domiciliario y decomiso de $26.260 y el vehículo utilizado. La condena se fundó en la prueba de la tenencia y el testeo positivo para clorhidrato de cocaína (711 g) y en los ofrecimientos de dinero al personal policial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Carlos Fioritti / requirente interino Dr. Marcos R. Silvagni en la instrucción).
Demandado: Diego Sebastián Colo (DNI 27.876.960), domiciliado en San Luis 329, Pigüé.
Objeto: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado celebrado conforme al art. 431 bis del CPPN y la imposición de pena por los delitos imputados (transporte de estupefacientes y cohecho activo), además del decomiso de dinero y vehículo.
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Diego Sebastián Colo a CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales, multa de 45 unidades fijas y costas; se dispuso el cumplimiento de la pena en modalidad de ARRESTO DOMICILIARIO con Sistema de Vigilancia Electrónica en la vivienda de calle San Luis 329, Pigüé; se decretó el decomiso del dinero incautado ($26.260) y del vehículo KIA Cerato dominio JDA-081; y, una vez firme la resolución, se ordenó destruir los demás bienes incautados (art. 30 ley 23.737).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que tal como se desprende del requerimiento de elevación a juicio ... a Diego Sebastián COLO se le adjudica el haber transportado 711 gramos de cocaína, contenidos en dos envoltorios, y con fines de comercialización, ... Asimismo, se le atribuye el haber ofrecido al personal policial una suma de dinero para que hiciera caso omiso respecto de la detección del material ilícito."
2) "Por lo expuesto, entiendo que el acuerdo debe avanzar hacia su homologación, encontrándose así la causa en condiciones para que se dicte sentencia (art. 431 bis CPPN)."
3) "Del análisis conglobado de la prueba colectada en autos surge de forma indubitable que Colo transportó un importante volumen de material estupefaciente, oculto en el baúl del vehículo, con el fin de ser comercializado."
4) "Entiendo que debe imponerse a DIEGO SEBASTIÁN COLO la PENA de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales, multa de 45 unidades fijas y las costas del proceso, por considerarlo AUTOR penalmente responsable de los DELITOS DE TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES Y COHECHO ACTIVO, los cuales concurren de manera real ..."
5) Respecto al decomiso del vehículo y del dinero: "ha quedado fehacientemente acreditado la utilización del vehículo ... a los fines de transportar 711 gramos de clorhidrato de cocaína ... Esto último también, a partir de la actitud asumida por el encausado al ser advertida la sustancia por parte de los efectivos policiales, intentando desprenderse del rodado e incurriendo en un ofrecimiento de dinero constitutivo de delito. ... esto conduce a hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo; la resolución es dictada por el Dr. Roberto Fernando Minguillón y aparece homologada y ejecutoriada según el texto dispositive.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: