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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, MARIA DE LOS MILAGROS Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C)

Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes: el Tribunal Oral Federal condenó a Adrián C. Bruno por tenencia con fines de comercialización y a Roberto L. Presser y María de los Milagros González por tenencia simple, imponiendo penas de prisión y multas, y disponiendo la puesta a disposición y destrucción de los efectos secuestrados.

Tenencia de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Juicio abreviado Cocaina 414 58 g Balanza de precision Pena de prision Multa Reincidencia Destruccion de estupefacientes Remision de dinero a juzgado federal n?2


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (fiscal general Dr. Martín Suárez Faisal).
- Demandados / Imputados: Adrián Claudio Bruno; Roberto Luis Presser; María de los Milagros González.
- Objeto del proceso: Investigación y enjuiciamiento por tenencia de estupefacientes y tenencia con fines de comercialización (ley 23.737), derivado de allanamientos del 17/08/2023 y secuestro de clorhidrato de cocaína.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Adrián C. Bruno como autor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c ley 23.737 y art. 45 CP) a la pena de 4 años y 6 meses de prisión y multa de 54 unidades fijas, declarándolo reincidente; se condenó a Roberto L. Presser como autor de tenencia de estupefacientes (art.14, primer párrafo) a 2 años y 3 meses de prisión y multa de $4.000; y se condenó a María de los Milagros González como autora de tenencia de estupefacientes (art.14, primer párrafo) a 2 años de prisión y multa de $4.000. Se ordenó el cómputo de penas, la puesta a disposición del dinero secuestrado en favor del Juzgado Federal N°2 ($1.301.000), la devolución retenida de $11.400, y la destrucción del material estupefaciente en acto público.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): 1) "La misma exige para su configuración no sólo la posesión de la droga, sino también la presencia de una 'ultraintención', es decir que la conducta esté dirigida a un fin de comercialización; situación que ha quedado acreditada con los elementos probatorios e indiciarios reunidos en la presente y que vinculan a los encausados con la comercialización de sustancias prohibidas, fundamentalmente en la información contenida en las escuchas telefónicas aportadas por la prevención." 2) "Valoro también la cantidad y la forma en la que estaba acondicionado el estupefaciente, es decir en medio bloque compacto con un peso de 414,58 gramos. A lo que se suma el hallazgo y secuestro de una balanza de precisión, elemento utilizado para el fraccionamiento de la droga." 3) "La manifestación de voluntad del Ministerio Público Fiscal en cuanto al encuadre jurídico penal escogido para el accionar ilegal de los procesados, amén de carecer de suficientes fundamentos que justifiquen la mutación, representa sin lugar a dudas su posición ante el juzgamiento del hecho concreto, que de ninguna forma puede ser obviado por el sentenciante sin violar los principios constitucionales del debido proceso." 4) "En virtud de ello, se le impondrá: a Adrián Claudio Bruno la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión y multa de cincuenta y cuatro (54) unidades fijas; a Roberto Luis Presser la pena de dos (2) años y tres (3) meses de prisión y multa de cuatro mil pesos ($4.000); y a María de los Milagros González la pena de dos (2) años de prisión y multa de cuatro mil pesos ($4.000); con más las accesorias del artículo 12 del CP."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es un pronunciamiento unipersonal integrado por el Juez de Cámara firmante (resolución de juicio abreviado homologada).

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