CACERES FERREIRA, PATRICIA ELIZABETH Y OTRO c/ SABINO, ALEJANDRO FABIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Acción de daños por accidente de tránsito por lesiones e incapacidad sobreviniente. La Cámara Civil —Sala C— modificó la sentencia de grado elevando varias partidas indemnizatorias para Patricia Elizabeth Cáceres Ferreira (incapacidad, tratamientos, gastos y daño moral) y confirmó lo demás; impuso costas de Alzada a la demandada y a la citada en garantía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Wilfrido Román González Sanabria y Patricia Elizabeth Cáceres Ferreira (coactores).
Demandado: Alejandro Fabián Sabino y su aseguradora La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 1 de abril de 2019 (lesiones, incapacidad sobreviniente, tratamientos futuros, gastos médicos, daño moral y daños materiales a la motocicleta).
Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia respecto de la coactora Patricia Cáceres Ferreira fijando el capital por incapacidad sobreviniente, deducido lo abonado por la ART, en $4.652.359,64; elevando la partida para tratamiento psicoterapéutico a $720.000 y kinesiológico a $160.000; aumentando gastos médicos y de farmacia a $100.000; y elevando la indemnización por daño moral a $6.000.000. Se confirmó la sentencia en todo lo demás materia de apelación; se impusieron las costas de Alzada a la parte demandada y a la citada en garantía; y se adecuaron honorarios por la intervención de la Cámara.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos centrales y citas textuales relevantes):
"Actualizando dicho monto a valores de la fecha de la sentencia de primera instancia, conforme a la variación del salario mínimo vital y móvil (Resolución 9/2024 CNEPYSMVYM, $234.315,12 × 65,5 = $15.347.640,36), el capital correspondiente al rubro incapacidad sobreviniente queda reducido a la cantidad de $4.652.359,64. En virtud de lo expuesto, propongo fijar dicho monto por este concepto."
"De tal modo, considerando la significativa depreciación monetaria operada en el período señalado, corresponde elevar el costo de la sesión de psicoterapia a $15.000 y el de la sesión de kinesiología a $8000, lo que arroja un total de $720.000 para el tratamiento psicológico (48 sesiones) y $160.000 para el kinesiológico (20 sesiones), confirmándose que los intereses se devengarán desde la sentencia de primera instancia."
"Por ello, valorando las características y evolución de las lesiones padecidas (fracturas vertebrales que requirieron cirugía) y la duración del tratamiento, considero prudente elevar este rubro a la suma de $100.000."
"En el caso, ... considero que el monto fijado en la instancia anterior resulta exiguo. Por ello, propongo elevar la indemnización por daño moral a la suma de $6.000.000, que estimo más ajustada a las particularidades del caso y a los padecimientos que debió soportar la víctima como consecuencia del hecho dañoso."
- Disidencia: El Dr. Pablo Trípoli figura "en disidencia parcial" respecto de la cuestión de intereses y costas en el voto que abre la actuación, pero la parte resolutiva fue adoptada por mayoría y prevalece lo allí dispuesto. En los votos concurrentes, los Dres. Díaz Solimine y Converset estuvieron de acuerdo con el resultado que integra la parte resolutiva, si bien difirieron en el tratamiento de la tasa de interés y costas (propusieron aplicar la tasa activa desde el hecho).
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