C, C M c/ S , F A s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el titular del rodado y su aseguradora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, admitió parcialmente la apelación del actor y modificó la sentencia de grado elevando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $3.000.000 y por daño moral a $1.500.000, confirmando el resto del pronunciamiento y imponiendo costas de Alzada a las demandadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: C M C (actora: Cristina Marta Casco).
Demandado: F A S (titular registral del Chevrolet Spin) y la aseguradora S B R C L (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 6/04/2020 en Camino General Belgrano y Rondeau, en el que la actora fue embestida por el vehículo asegurado; se reclaman incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, daños materiales, privación de uso e intereses.
Decisión: La Cámara desestimó en general los agravios de la aseguradora y admitió parcialmente los del actor; por ello modificó la sentencia apelada elevando a $3.000.000 la indemnización por incapacidad sobreviniente y a $1.500.000 la correspondiente al daño moral, confirmó el resto del pronunciamiento recurrido (incluyendo gastos médicos, daños materiales y privación de uso) e impuso las costas de Alzada al demandado y a la aseguradora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales principales):
"Por lo cual, toda vez que se encuentra probado el accidente sufrido por la actora, quien resultó embestida en su parte trasera por la parte delantera del rodado del demandado, propongo confirmar la sentencia de grado en cuanto a la atribución de responsabilidad; y en consecuencia desestimar los agravios vertidos al respecto por la emplazada recurrente."
"Aceptado lo concluido en el informe pericial, las circunstancias particulares de la víctima, los grados de incapacidad señalados, las variables aludidas, de acuerdo con el cálculo propuesto, la suma fijadas por el a quo resultan un tanto reducida, por lo que propongo elevarla a $3.000.000. De esta manera, propicio admitir los agravios de la actora en la medida indicada, y rechazar los de la aseguradora sobre el ítem."
"Teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente, entiendo que en este caso, las suma fijada resulta algo reducida, por lo que propongo al Acuerdo su elevación a la de $1.500.000, lo que implica acoger parcialmente el agravio de la actora y la desestimación de los de la aseguradora emplazada."
- Disidencias: No hubo disidencia; los votos de la Dra. Pérez Pardo y la Dra. Iturbide adhieren "por razones análogas" al voto del Dr. Rodríguez y el acuerdo final reproduce esa mayoría.
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