HTI CONO SUR SA (TF 20521458-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
HTI Cono Sur SA impugnó actuaciones por cobranzas tributarias relativas al DIT 0700IT14007325G contra la Dirección General de Aduanas/Fisco Nacional. La Cámara denegó el recurso extraordinario interpuesto por el Fisco, sosteniendo que los agravios reiteran cuestiones ya analizadas y que la instancia extraordinaria no es competente para revisar hechos, prueba ni cuestiones de derecho procesal.
¿Quién es el actor?
HTI Cono Sur SA (TF 20521458-A).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas / Fisco Nacional.
- Objeto de la demanda: recurso directo de organismo externo y controversia sobre la persecución del cobro de tributos relativos al DIT 0700IT14007325G; en la instancia anterior la Sala había hecho lugar a la apelación de la actora, revocado el pronunciamiento del TFN, declarado la nulidad del auto de apertura del sumario y la prescripción de la acción del Fisco para perseguir el cobro de los citados tributos.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal denegó el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada y lo hizo con costas (art. 68 del C.P.C.C.N.). Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del fallo): "Que los agravios del recurrente no rebaten los fundamentos del fallo que impugna pues constituyen una reiteración de temas ya analizados por este Tribunal y además, remiten al examen de cuestiones de hecho, derecho procesal y prueba, las que, según conocida doctrina del Excmo. Alto Tribunal, son propias de los jueces de la causa y ajenas, como regla, a la instancia prevista en el art. 14 de la ley 48." "Que la arbitrariedad atribuida a la sentencia constituye una causal que no puede ser considerada por este Tribunal, debiéndose, por otro lado, destacar que el pronunciamiento, al margen de su error o acierto, muestra suficiente fundamentación, fáctica y jurídica, para constituir un acto jurisdiccional válido; por lo que las manifestaciones vertidas sobre el punto carecen de virtualidad ante esta instancia (confr. doctrina plenaria de la Cámara Federal in re 'Seminara Empresa Constructora SA', del 12 de noviembre de 1969)." Disidencias relevantes: No consta en la parte resolutiva ni en el texto final disidencia que modifique la decisión; la resolución que prevalece es la denegatoria del recurso extraordinario.
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