Logo

Incidente Nº 1 - ACTOR: H., V. N. DEMANDADO: NOBIS S.A. s/INC APELACION

Amparo por reafiliación y cobertura quirúrgica por endometriosis profunda contra NOBIS S.A.; la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la medida cautelar que ordenó la reafiliación provisoria al Plan N200 y la cobertura de la cirugía, por entenderse acreditados prima facie la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

Amparo Medicina prepaga Reafiliacion Endometriosis Medida cautelar Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Buena fe Consumidor Costas


¿Quién es el actor?

H., V. N. (amparista).

¿A quién se demanda?

NOBIS S.A.
- Objeto de la demanda: acción de amparo con medida cautelar para obtener la reafiliación al plan de medicina prepaga (Plan N200) y la cobertura de la cirugía por "Endometriosis profunda con compromiso intestinal".

¿Qué se resolvió?

se confirmó el proveído de fecha 6/12/2024 y su aclaratoria de fecha 9/12/2024 dictados por el Juzgado Federal N°2 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravios; se impusieron las costas a la parte demandada, y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El art. 230 del C.P.C.C.N. dispone que, para la viabilidad de las medidas cautelares, deben reunirse los requisitos de la 'verosimilitud del derecho' y el 'peligro en la demora'." "Del análisis periférico propio de este estadio preliminar, no se advierte acreditada la ausencia de buena fe..." "No debe prescindirse de la función social que tiene el contrato de medicina prepaga ... de modo que aún en caso de duda debería optarse por la interpretación que favorezca a la parte débil del contrato, la cual ... es la accionante." "Por otra parte, cabe tener presente que ... está comprometido el derecho fundamental a la salud ... con jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional)." "En cuanto al segundo requisito ... el 'peligro en la demora', aparece agudizado en la presente causa, ya que de negarse a la amparista la reafiliacion ... ello podría influir gravemente en su estado de salud..." "Por ende, y sin que lo antes expuesto en modo alguno implique adelanto de opinión sobre la cuestión de fondo planteada en la causa, corresponde confirmar el proveído de fecha 6 de diciembre de 2024 y su aclaratoria de fecha 9 de diciembre de 2024 ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el acuerdo que dictó la resolución final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar