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ARCE, FEDERICO MARTIN c/ ANSES s/LEY 18345

El actor demandó a ANSeS reclamando rubros laborales por despido y por licencias sin goce de sueldo por cargos en la Legislatura Provincial. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la demanda, entendiendo que no se acreditó la mayor jerarquía ni la falta de voluntad de mantener el vínculo laboral, configurándose el abandono/injuria laboral.

Arbitrariedad Abandono de trabajo Licencia sin goce de haberes Mayor jerarquia Prueba Anses Recurso de apelacion Costas Cpccn art. 68 Convenio colectivo 305/98


¿Quién es el actor?

Federico Martín Arce.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo laboral por cobro de rubros derivados del despido (arts. 80, 232, 233, 245 LCT y art. 2 Ley 25.323) y cuestionamiento de la denegatoria de licencias sin goce de haberes por cargos en la Legislatura de la Provincia de Córdoba; se invocaba nulidad del despido y pago de sumas desde el momento del despido hasta el efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la Resolución de fecha 11/03/2024 del Juzgado Federal Subrogante N°1 de Córdoba en lo que decide y fue materia de agravios, es decir, confirmó el rechazo de la demanda y además impuso las costas de la Alzada a la recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "En consecuencia, de la simple comparación de los cargos 'Asesor del Poder Legislativo de la Provincia' y 'Abogado intermedio del ANSeS' no surge de manera palmaria que el primero sea de mayor jerarquía. Por lo cual pesaba sobre el accionante la carga de probar la 'mayor jerarquía' alegada." 2) "Conforme dichos lineamientos, no es posible afirmar que los cargos en los que fue designado el actor, hayan sido efectivamente de 'mayor jerarquía' ... Cuando no puede determinarse el orden jerárquico de los cargos, esta Juzgadora entiende que una interpretación armónica del marco normativo ... permite considerar como pauta indicativa 'la mayor remuneración' contemplada en del Decreto N° 3419/7." 3) "En consecuencia, entiendo que resulta ajustado a derecho el despido con justa causa decidido por ANSeS como reacción frente a la injuria laboral imputada al señor Arce no resultando el despido arbitrario. Por tal motivo, corresponde rechazar el reclamo incoado por el accionante ... y en consecuencia confirmar la decisión del Juez de grado de rechazar la demanda, conforme los argumentos desarrollados en el presente pronunciamiento." 4) Sobre costas: "Imponer las costas de la Alzada a la recurrente perdidosa en virtud del principio objetivo de la derrota contemplado en el artículo 68 primera parte del CPCCN. Los honorarios profesionales ... se regulan en un 30% ... y ... en un 35% ..."
- Votos: fallo unánime por mayoría; no se registran votos en disidencia.

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