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ALBELO, WALTER OMAR c/ ADMINISTRACIO FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la cautelar otorgada por el Juzgado Federal de Río Cuarto, pero la modificó fijando su vigencia por 6 meses o hasta que se resuelva la acción; además impuso costas a la demandada.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Medida cautelar Impuesto a las ganancias Haberes jubilatorios Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Ley 26.854 Afip Anses Costas


¿Quién es el actor?

Walter Omar Albelo.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 y demás normas que habiliten la percepción del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios; petición de restitución de retenciones practicadas y medida cautelar para que AFIP/ANSES se abstenga de retener dicho impuesto.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la resolución de fecha 6/6/2022 únicamente en cuanto al plazo de vigencia de la medida cautelar, fijándolo en "el plazo de 6 meses o hasta que se resuelva la presente acción, lo que ocurra primero", y se confirmó el resto de la decisión que había ordenado la no retención del impuesto sobre el haber previsional del actor. Se impusieron las costas del incidente a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "IV.
- Sobre la base de tales premisas, considero que el recurso de apelación interpuesto por la demandada debe ser rechazado. Doy razones. En lo que respecta a la verosimilitud del derecho, cabe apuntar que de la prueba documental acompañada por el actor surgen los recibos de haberes jubilatorios efectuados por la ANSES, que dan cuenta de las retenciones que se le practican al señor Walter Omar Albelo en concepto de Impuesto a las Ganancias (fs. 31 y ss), los que permiten acreditar en este estadio procesal de la causa que el derecho del demandante resultaría a prima facie verosímil, habida cuenta de la analogía que guardan las circunstancias fácticas de esta causa con aquella que fuera suscitada en el precedente “García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad” (Fallos 342:411), sentencia dictada con fecha 26/03/2019." "V.
- Por otra parte, debo señalar que el requisito del peligro en la demora también se encuentra suficientemente acreditado en autos, toda vez que el porcentaje de descuento que se le practica al demandante en concepto de Impuesto a las Ganancias es significativo y constituye una afectación económica desfavorable para satisfacer las necesidades materiales propias de la ancianidad. Máxime, cuando el señor Albelo ha acompañado al proceso certificado médico que informa de la patología que padece – hipertensión arterial severa
- y de los medicamentos que le son prescriptos para tratarla (fs. 78/80)." "VII.
- Finalmente, en relación al agravio de la demandada referido que la medida fue otorgada sin prever un plazo de vigencia infringiendo así las prescripciones contenidas en la Ley de Medidas Cautelares, respecto a ello, considero debe hacerse lugar a la queja de la demandada. Ello así, en virtud de lo dispuesto por el art. 5 de la Ley 26.854, en cuanto establece: 'Al otorgar una medida cautelar el juez deberá fijar, bajo pena de nulidad, un límite razonable para su vigencia, que no podrá ser mayor a los seis (6) meses ...', razón por la cual debe modificarse la resolución impugnada estableciendo la vigencia de la medida por el plazo de 6 meses o hasta que se resuelva la presente acción, lo que ocurra primero."
- Votos / disidencias: Los tres jueces (Sánchez Torres, Montesi y Navarro) votaron en idéntico sentido; no hubo disidencia.

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