Logo

PEREYRA, ALBERTO c/ GONZALEZ, RAUL OSCAR s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial contra el conductor del Fiat Uno y su aseguradora. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: en “Pereyra” elevó la indemnización por incapacidad psicofísica a $8.800.000 y por daño espiritual a $4.400.000 y ajustó los intereses; en “Llorens” confirmó la sentencias de grado; impuso costas de alzada a los vencidos.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad psicofisica Dano espiritual Intereses activa banco nacion Costas de alzada Cuantificacion indemnizatoria Pericia medica Ley 27.423 Honorarios


¿Quién es el actor?

Alberto Pereyra (en autos “Pereyra”) y Verónica Celina Llorens y otros (en autos “Llorens”).

¿A quién se demanda?

Raúl Oscar González y otros (incluye aseguradora Caja Seguros).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reparación por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 17/3/2019 (impacto trasero entre Fiat Uno y motocicleta), con peticiones relativas a incapacidad sobreviniente, daño espiritual, gastos médicos, daños materiales y privación de uso, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en el expediente N° 34.407/20 (“Pereyra”) para fijar por incapacidad psicofísica la suma de $8.800.000 y por daño espiritual $4.400.000, y también modificó el régimen de intereses conforme lo desarrollado; confirmó el resto de la sentencia apelada en cuanto fue impugnado. En el expediente N° 12.946/2021 (“Llorens”) confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue objeto de apelación. En ambos casos impuso las costas de alzada a los vencidos. Se reguló además el monto de honorarios y de auxiliares de justicia conforme la ley 27.423 y el art. 279 CPCCN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En tal marco corresponde hacer foco en ciertos datos duros (facts) determinantes para arribar a la solución adelantada, en tanto la 'causalidad adecuada' resulta el basamento mismo de toda la teoría general de la espacialidad... Bien apunta el juez de grado que en autos no se discute el hecho, que efectivamente promedió un contacto entre el Fiat Uno conducido por González y la motocicleta de Pereyra, y por tanto, agrego que ante la existencia de un riesgo recíproco no excluye la aplicación de las normas en las que se fundan la atribución de responsabilidad objetiva..." (considerando sobre responsabilidad y prueba). "A partir de todo lo expuesto considero que los apelantes no han logrado acreditar la alegada ruptura del nexo causal ... por lo que en definitiva en atención a las circunstancias de hecho relatadas y las razones de derecho desarrolladas, estimo que la confirmación del fallo apelado se impone y así lo propongo." (conclusión sobre responsabilidad). "Corresponde ahora analizar el dictamen de pericia médica... la minusvalía parcial y permanente que sufre Pereyra alcanza al 18%... en definitiva propongo elevar la reparación por la comprobada incapacidad psicofísica a la suma de $8.800.000 y confirmar la estipulada para afrontar los gastos de atención psicoterapéutica (art. 165 CPCCN)." (cuantificación de incapacidad). "En función de tales consideraciones, cabe ponderar la naturaleza y el alcance de las afecciones comprobadas... y en definitiva propongo fijar por este concepto la suma de $4.400.000 (art. 165 CPCCN)." (cuantificación del daño espiritual). "Conforme la jurisprudencia... la tasa que corresponde aplicar desde la mora hasta el efectivo pago es la activa del Banco Nación... A partir de lo expuesto, cabe distinguir los supuestos... en 'Pereyra'... la tasa activa del Banco Nación debe aplicarse desde este pronunciamiento en adelante, salvo respecto a las partidas que aquí se confirman cuyos réditos deben correr a tasa activa desde la sentencia de grado en adelante... Por contrario en los autos 'Llorens' ... cabe confirmar el temperamento adoptado en la instancia de grado." (regulación de intereses).
- Votos/disidencias: El voto que abre (Dra. Beatriz A. Verón) propuso la modificación en "Pereyra" y la confirmación en "Llorens"; los Dres. Maximiliano L. Caia y Gabriela M. Scolarici adhieren al voto precedente. No se registra disidencia en la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar