CHAILE, GREGORIO ANTONIO c/ BERINI, MARIANO LEONARDO DAMIAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductor y propietaria del vehículo; el Juzgado hizo lugar parcialmente y condenó en forma concurrente a los demandados y a la aseguradora a pagar $1.198.000 más intereses desde la fecha del hecho, además de costas y regulación de honorarios conforme a la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Gregorio Antonio Chaile.
- Demandados: Mariano Leonardo Damián Berini y Edith Vanesa López; citada en garantía: Argos Compañía Argentina de Seguros Generales S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo de resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27/01/2014 (lesiones, incapacidad física y psíquica, daño moral, daño estético, gastos, daños materiales de la moto, privación de uso, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó en forma concurrente a Berini y López, junto con la aseguradora Argos, a pagar a Chaile la suma de $1.198.000, con intereses moratorios desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago a la tasa activa cartera general del Banco de la Nación Argentina, y costas; además se regulan honorarios y se ordena notificación y retiro de documentación (resolución conforme al apartado 8 del fallo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
- "Hacer lugar parcialmente a la demanda planteada por el Sr. Gregorio Antonio Chaile contra el Sr. Mariano Leonardo Damián Berini y la Sra. Edith Vanesa López, a quienes condeno en forma concurrente, junto con la citada en garantía Argos Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., en los términos del art. 118 de la ley 17.418, a pagar a la demandante, dentro del plazo de diez días y bajo apercibimiento de ejecución, la suma de un millón ciento noventa y ocho mil pesos ($ 1.198.000), con más intereses moratorios, los que deberán liquidarse desde la fecha del hecho y hasta la del efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina y costas."
- "Regular los honorarios de los profesionales intervinientes... a) ... $ 1.793.610 ... en favor del Dr. Pablo Cos... b) ... $ 1.724.625 ... Dra. Silvia Edith Verdu... c) ... $ 1.241.730 ... Dra. Romina Fabiana Faija... [y demás regulaciones detalladas]."
- Fundamento sobre responsabilidad y culpa: el juez concluye que "surge la razonabilidad de la atribución de responsabilidad al conductor demandado, con fundamento en su culpa en la conducción del vehículo (art. 1109 del C.C.), así como a la dueña de la cosa riesgosa (art. 1113, segundo párrafo, del C.C.)."
- Sobre actualización e intereses y planteos de inconstitucionalidad: el tribunal rechaza los planteos de inconstitucionalidad y entiende procedente aplicar "la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina" desde la fecha del hecho.
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; la resolución citada es la decisión del juez de primera instancia.
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