Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANDIA, AGUSTIN ANTONIO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)
Procedimiento abreviado por tenencia de estupefacientes: se homologó el acuerdo y se condenó a dos años de prisión en suspenso y multa. La Cámara Federal de Juicio homologó el juicio abreviado solicitado por las partes y condenó a Agustín Antonio Candia a dos años de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y costas, imponiendo reglas de conducta por el mismo plazo.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal Dr. Claudio Kishimoto).
- Demandado / Imputado: Agustín Antonio Candia (DNI 40.180.722; nacido 19/05/1997; domicilio en Lavallen 2752, Rosario, Santa Fe).
- Objeto de la resolución: Homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado por delito de tenencia de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737) y determinación de la pena y medidas accesorias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de juicio abreviado y se homologó el acuerdo conforme al art. 431 bis del C.P.P.N.; se condenó a Agustín Antonio Candia a dos años (2) de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y costas; se impusieron reglas de conducta (art. 27 bis CP) por igual término; se ordenaron devolución de caución ($120.000), afectación de dinero secuestrado ($11.920) para pago de tasa y multa, devolución del vehículo Suzuki dominio HRU-066, levantamiento de inhibición general, cese de la prohibición de salida del país, inscripción en el Registro Nacional de Reincidencia y demás oficios y diligencias pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "El Ministerio Público Fiscal y el encartado, asistido por su defensa, celebraron un acuerdo de procedimiento abreviado en los términos dispuestos por el artículo 431 bis del Código Procesal de la Nación, en virtud del cual el órgano acusador público consideró comprobado el hecho atribuido en la requisitoria de elevación a juicio, en base a los elementos de prueba acopiados durante la etapa de instrucción."
2) "I. En razón del trámite impreso al presente caso y sobre la base de la prueba reunida en la etapa anterior, valorado todo ello acorde a las reglas de la sana crítica, las partes tuvieron por acreditado la conducta por la cual el órgano acusador formuló el requerimiento de elevación a juicio ... la tenencia de 627,2 gramos de cannabis sativa (marihuana) ... así como de una bolsa transparente conteniendo 189 semillas de la misma sustancia."
3) "En definitiva, de acuerdo a los elementos de prueba descriptos precedentemente y en el contexto del acuerdo arribado por las partes, con la participación del acusado, resulta acreditada la tenencia de estupefacientes por parte de Agustín Antonio Candia."
4) Sobre la calificación: "Por lo tanto, ... la misma debe ser enmarcada en las previsiones del artículo 14, párrafo primero, de la ley 23.737."
5) Sobre la pena y legalidad del acuerdo: "Tanto el acusado como su defensa letrada, han prestado conformidad con el pedido de pena y sus consecuencias legales, conforme lo manifestado en el acta expedida en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación y lo ratificado en la audiencia de visu." y "considero que la pena acordada respeta los lineamientos y pautas enunciados en el digesto de fondo."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento.
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