M R D c/ C J C Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductores y aseguradora. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: confirmó la suma por incapacidad ($29.882.327,27), incorporó $1.000.000 por tratamientos futuros, elevó el daño moral a $3.000.000 y los gastos médicos a $250.000, y fijó el cómputo de intereses tal como se expresa en la parte resolutiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: R. D. M. (Sr. M / actor identificado en autos).
Demandado: S. B. R., M. Á. D., J. C. C. y A. F. A. S.A. (entre otros).
Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 17/5/2011, con secuelas físicas y reclamo de diversas partidas indemnizatorias (incapacidad, daño moral, gastos médicos, tratamientos futuros, daño material).
Decisión: Se modificó la sentencia apelada: 1) Se confirmó la reparación por incapacidad física en $29.882.327,27 (valores al 19/6/2024) y se fijó además $1.000.000 por tratamientos médicos futuros; 2) Se elevó el daño moral a $3.000.000 y los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado a $250.000 (ambos a valores al 19/6/2024); 3) Se dispuso el cómputo de intereses: 8% anual desde el día del accidente hasta el 19/6/2024, y desde entonces hasta el efectivo pago la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación; excepción para daños materiales cuantificados el 22/10/2020 (intereses a 8% hasta esa fecha y luego tasa activa); 4) se autorizó la capitalización de intereses en caso de intimación y mora conforme art. 770 inc. c) CCCN; 5) Se confirmaron el resto de los pronunciamientos de la sentencia apelada. Costas de Alzada por el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) "Por todo lo expuesto, propongo al Acuerdo modificar la sentencia apelada en los siguientes términos: 1) Confirmar la reparación de la incapacidad física sobreviniente (sin distinción en cuanto a incapacidad “futura” o “pasada”) en la suma de $ 29.882.327,27, a valores vigentes al 19/6/2024, y fijar a su vez una indemnización de $ 1.000.000, a valores vigentes al 19/6/2024, en concepto de tratamientos médicos futuros. 2) Elevar la indemnización del daño moral a la suma de $ 3.000.000 y la de los gastos médicos, farmacéuticos y de movilidad a $ 250.000, en ambos casos a valores vigentes al 19/6/2024..." (voto y propuesta de resolución).
2) "Dejar sentado mi voto en el sentido de disponer el cómputo de los intereses, para la totalidad de los ítems del resarcimiento, a la tasa del 8% anual desde el día del accidente hasta el 19/6/2024, y a partir de entonces y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) —nominal anual— vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina." (fundamento sobre intereses).
- Votos/diferencias: Unanimidad de la Sala (Dra. Iturbide, Dra. Pérez Pardo y Dr. Rodríguez votaron en el mismo sentido). No hubo disidencias.
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