SCHWOYER, ERIK LEONEL c/ AVERSA, CLAUDIA ALEJANDRA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito con lesiones o muerte. La Cámara confirmó los honorarios de los peritos Walter Abel Gastrell y Roberto Carlos Novosad y redujo los honorarios de la mediadora Silvia Liliana Abin a $652.697 por considerarlos elevados conforme la escala vigente y la UHOM.
¿Quién es el actor?
SCHWOYER, ERIK LEONEL.
¿A quién se demanda?
AVERSA, CLAUDIA ALEJANDRA y otro.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones o muerte.
¿Qué se resolvió?
Se hicieron efectivos los desistimientos respecto de apelaciones planteadas por partes sobre la sentencia del 9/4/2025; respecto de los recursos interpuestos contra la regulación de honorarios, la Cámara confirmó los honorarios regulados al perito ingeniero mecánico Walter Abel Gastrell y al perito médico Roberto Carlos Novosad; en cambio redujo los honorarios de la mediadora Dra. Silvia Liliana Abin a $652.697 (65,80 UHOM). Se ordenó la notificación electrónica y comunicación al CIJ.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"nuestro más alto Tribunal interpretó que el art. 505 del Cód. Civ. según ley 24.432, (actual art. 730 del CCyC), sólo limita la responsabilidad del condenado en costas por los honorarios devengados, más no respecto de la cuantificación de éstos (CSJN, del 27/05/09, in re 'Villalba Matías Valentín c/ Pimentel José y otros s/ accidente-ley 9688)."
"Ello determina en definitiva el 'quantum' total de honorarios de cada profesional y, de tal manera, la cuestión introducida deberá ser planteada, en su caso, en la etapa de ejecución."
"Bajo tales parámetros y por no ser elevados, se confirman los honorarios regulados al perito ingeniero mecánico Walter Abel Gastrell. En tanto, por ser adecuados al Arancel, se confirman igualmente los honorarios del perito médico Roberto Carlos Novosad."
"En cuanto a los honorarios de la mediadora, Dra. Silvia Liliana Abin, ... su retribución debe fijarse acorde a la escala vigente al momento de la regulación apelada. En razón de ello y lo previsto por el Dec. 1467/11, modificado por Dec. 2536/15 y valor de la UHOM vigente según dec. 293/2025, por ser elevados, se los reduce a la suma de pesos ciento ochenta mil ochocientos ($ 652.697 -65,80 UHOM-)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto aportado; la decisión es la acordada por la Cámara.
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