Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROETS, BRIAN ALEJANDRO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Procedimiento abreviado por tenencia simple de estupefacientes con homologación del acuerdo y condena. La Cámara (Tribunal Federal de Juicio N°2 de Rosario) homologó el procedimiento abreviado, condenó a Brian Alejandro Roets a 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, multa de $100 y le impuso reglas de conducta por 2 años, fundando la resolución en los arts. 398 y 431 bis del CPPN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Mariano Barabani (interviniente en la audiencia).
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Brian Alejandro Roets, DNI 37.580.902.
Objeto: Solicitud de procedimiento abreviado y homologación del acuerdo por el delito de tenencia simple de estupefacientes (hecho del 16/02/22).
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo presentado por las partes conforme al artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación; se condenó a Brian Alejandro Roets a 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, multa de $100 y costas; se impuso el pago de la tasa de justicia ($1.500) y reglas de conducta por el plazo de 2 años; se dispuso afectación del dinero caucionado ($30.000) al pago de multa y costas, devolución de $4.860 secuestrados, levantamiento de inhibiciones y prohibición de salida del país, destrucción por incineración del estupefaciente incautado y devolución de efectos no relacionados con el delito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. Condenar a Brian Alejandro Roets, DNI 37.580.902, a la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, multa de pesos $100 y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes, previsto en el artículo 14, primer párrafo, de la ley 23.737 (artículos 26 y 27 bis, 29 inc. 3 y 45 del Código Penal y 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"IV. Imponer las reglas de conducta expresamente acordadas por las partes ... por el plazo de 2 años ... 1) Fijar residencia ... 2) Someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP). 3) Abstenerse de usar estupefacientes ... 4) Dar aviso a la DCAEP en el caso que egrese del país..."
Además, el acta consigna que "los fundamentos de la sentencia han sido expuestos oralmente en el marco de esta audiencia." No existen votos en disidencia registrados; el acuerdo es una resolución homologatoria del procedimiento abreviado.
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