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E; S. S. Y OTRO c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

Amparo promovido contra PAMI para obtener cobertura integral del fármaco Clopixol Depot (Zuclopentixol Decanoato). La Cámara Federal de Mar del Plata declaró desierto el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de grado en lo relativo a costas y emolumentos, regulando además los honorarios de Alzada y imponiendo costas de Alzada a la recurrente.

Amparo Pami Clopixol depot Apelacion desierta Costas Emolumentos Ley 16.986 Ley 27.423 U.m.a. Camara federal de mar del plata


¿Quién es el actor?

E., S. S. y otro (amparistas).

¿A quién se demanda?

PAMI (INSSJyP).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para obtener la cobertura integral, al 100%, del costo del fármaco "Clopixol Depot 200 Zuclopentixol Decanoato" durante el tratamiento indicado.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto de la cuestión de fondo; se confirmó la sentencia de primera instancia en lo referente a las costas y a los emolumentos regulados en la instancia inferior; se regularon los emolumentos de Alzada en $538.083 para el Dr. Sebastián Vilaplana y $413.910 para la Dra. María Alejandra Tudesco (más aportes previsionales e IVA si correspondiera); y se impusieron las costas de Alzada a la recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En efecto, las alegaciones que la recurrente realiza no cumplen con esa exigencia, sin exponer los motivos que existirían para considerar que los fundamentos de la decisión atacada son erróneos, injustos o contrarios a derecho." "No basta para mantener la apelación el mero disentimiento, ni la remisión o reiteración de argumentos que ya fueron expuestos al análisis por parte del Juez de Grado..." "Por ello, analizadas incluso con el criterio amplio con que corresponde examinarlas, entiendo que dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto, por lo que debe declararse desierto el recurso, con costas de Alzada a la recurrente vencida." "El art. 14 de la ley de amparo contiene como regla general el principio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas..." "Atento el estado de autos y las labores realizadas ante esta instancia... corresponde regular los emolumentos de Alzada, de acuerdo a lo establecido en el art. 30 de la ley 27.423."
- Disidencias relevantes: No hubo disidencia; el Dr. Tazza adhirió al voto del Dr. Jiménez.

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