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ALDAY, DANIEL AQUILES c/ ADMINISTRACIO FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP por el actor Daniel Alday. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia y, por mayoría, impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios a favor de la parte actora en el 30% de lo regulado por el incidente.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Afip Ejecucion de sentencia Costas Honorarios Art. 68 cpccn Ley 27.423 Regulacion de honorarios Orden causado Camara federal de cordoba.


¿Quién es el actor?

Daniel Aquiles Alday.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) / Estado Nacional.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad (se declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430; ejecución y liquidación y trámite de pago).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución del Juzgado Federal N°1 de Córdoba de fecha 16/08/2024 en todo lo que decide y fue motivo de agravios. Por mayoría, impuso las costas de esta Alzada a la demandada perdidosa y reguló honorarios a la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo regulado por el presente incidente, sin regular honorarios al representante de la demandada por ser profesional a sueldo.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En primer lugar, la regla general receptada por el art. 68 del C.P.C.C.N. establece que 'La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aún cuando ésta no lo hubiese solicitado.' Del mismo modo, dispone como excepción la facultad del juez para eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento, bajo pena de nulidad." "Es por ello, que en nuestro sistema procesal los gastos del juicio deben ser satisfechos -como regla general
- por la parte que ha resultado vencida en aquél. Ello así en la medida que las costas a cargo de una determinada parte son el corolario o resultado del vencimiento habido y se imponen no como una sanción sino como resarcimiento de los gastos provocados por el litigio, expendios que deben ser reembolsados por el vencido." "Dicho esto, debe destacarse que la parte actora se vio obligada a iniciar la etapa de ejecución de sentencia ante la falta de cumplimiento voluntario por parte de la demandada, lo que dio lugar a que el Juzgado tuviera formalmente iniciada dicha etapa. Todas las gestiones realizadas en este marco, tales como la presentación, análisis y aprobación de la liquidación, constituyen actos necesarios para efectivizar el cumplimiento del fallo, y, como tales, generan gastos que deben ser soportados por la parte vencida, conforme al principio objetivo de la derrota consagrado en el artículo 68 del CPCCN."
- Disidencias relevantes (siendo minoría): El juez Abel G. Sánchez Torres disintió respecto de la imposición de las costas de la Alzada a la demandada y sostuvo que, por la naturaleza de la cuestión, las costas de la Alzada debían imponerse en el orden causado (art. 68, 2da. parte CPCCN). Asimismo, la jueza Graciela S. Montesi adhirió en lo principal pero propuso regular al Dr. Guillermo Carena en 5 UMA (disidencia en regulación de honorarios).

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