Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MARBAN LOPEZ, ALEJO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C)
El Tribunal Federal de Juicio Nº2 de Rosario condenó a Alejo Marbán López por tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada, imponiéndole 7 años de prisión y multa de $7.020.000. Además, absolvió al condenado por la imputación de tenencia ilegítima de arma de fuego con numeración limada y decretó el decomiso de dinero, dos motocicletas, una pistola con numeración limada y la totalidad de teléfonos secuestrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dra. María José Sauan).
- A quién se demanda (Demandado/Imputado): Alejo Marbán López (DNI 39.551.952).
Objeto: Enjuiciamiento por delitos contra la ley de estupefacientes; específicamente tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por haber sido cometido por tres o más personas en forma organizada; además se imputó tenencia ilegítima de arma de fuego con numeración limada.
Decisión: Por unanimidad, el Tribunal condenó a Alejo Marbán López a la pena de 7 años de prisión y multa de 67,5 unidades fijas (equivalentes a $7.020.000), con accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio agravado (I). Absolvió a Alejo Marbán López respecto del hecho calificado como tenencia ilegítima de arma de fuego con numeración limada (II). Decretó el decomiso de bienes detallados (dinero en pesos $3.106.850, U$S 11.441, €500, dos motocicletas, una pistola Bersa THUNDER 22LR con numeración limada y cargador con 7 municiones, y la totalidad de aparatos de telefonía celular) por ser empleados o producto del delito (III), no hizo lugar al decomiso de una Pick Up Ford Ranger por hallarse bajo la órbita del Juzgado Federal de Garantías Nº3 (IV), ordenó devolución de otros bienes a ese Juzgado (V), la destrucción del estupefaciente (VI), y fijó el cómputo de la pena hasta el 7/12/2029 a las 12:00 horas (IX).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 23 días del mes de mayo del año 2025, el Tribunal Federal de Juicio Nº 2 de Rosario, integrado de manera colegiada por los Dres. Román Pablo Lanzón -en carácter de Presidente
- y Eduardo Rodrigues da Cruz y por la Dra. Elena Beatriz Dilario -vocales-, asistidos por los secretarios Nicolás Caffaratti y Laia Medizza, en el caso identificado como FRO 22057/2022/TO1, seguido contra Alejo Marbán López ... conforme lo dispuesto en los art. 396 y siguientes del Código Procesal Penal de la Nación, por unanimidad, RESUELVE:" (introducción y remisión a normas procesales).
"I) Condenar a Alejo Marbán López ... a la pena de 7 años de prisión, multa de 67,5 unidades fijas, equivalentes a la suma de $7.020.000 pesos argentinos, accesorias legales y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por haber sido cometido por tres o más personas en forma organizada (cfr. artículo 5, inciso “c”, y artículo 11, inciso “c” de la ley 23.737; artículos 12, 19, 29, inciso 3, 40, 41 y 45 del CP y artículos 530 y siguientes del CPPN)." (decisión principal, con normas citadas).
"II) Absolver A Alejo Marbán López ... por los hechos sometidos a juzgamiento que fueron calificados por el Ministerio Público Fiscal como: tenencia ilegítima de arma de fuego ... previsto en los artículos 189 bis, incisos 2 y 5 -último párrafo-, del CP y 277, inciso 1, apartado “c”, del mismo cuerpo normativo." (absolución sobre la imputación de arma).
"III) Decomisar los siguientes bienes ... en virtud de haber sido empleados o utilizados para la comisión del delito o ser el producto del beneficio económico de la actividad delictiva (cfr. artículos 30 de la ley 23.737 y 23 del CP)." (decomiso y fundamento legal).
No existen votos en disidencia: la resolución expresa que fue adoptada "por unanimidad".
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