BRAGNIZAN, NORMA BEATRIZ c/ AFIP s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por devolución del impuesto a las ganancias reclamado por una jubilada contra AFIP. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia en cuanto al fondo y a los intereses de los retroactivos, pero revocó parcialmente la resolución respecto de la distribución de las costas, imponiéndolas por su orden y regulando honorarios de alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
BRAGNIZAN, NORMA BEATRIZ.
¿A quién se demanda?
AFIP
- DGI.
- Objeto de la demanda: Amparo conforme Ley 16.986 para obtener la restitución de sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias a jubilados (repetición de tributo / protección del haber de pasividad).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada respecto del fondo del asunto y de los intereses aplicables a los retroactivos; revocó parcialmente la resolución en cuanto a la imposición de las costas y las distribuyó por su orden en ambas instancias; reguló los honorarios de los profesionales actuantes ante la Alzada en el 30% de lo que se les hubiese regulado en primera instancia; dispuso las comunicaciones conforme a la Acordada 15/2013 de la CSJN y la devolución de autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"2.
- En cuanto a la tasa de interés aplicada en de primera instancia -motivo de agravio de la que deberá calcularse conforme a las resoluciones del Ministerio de Economía que resulten aplicables para el cálculo de intereses en el retroactivo (Nros. 598/2019, 559/2022 y 3/24) según el período."
"3.
- En referencia al agravio sobre la imposición de costas, en atención a la naturaleza y complejidad de la cuestión debatida y lo decidido por el máximo tribunal, correspondería hacer lugar a la queja, revocar parcialmente la sentencia en crisis y distribuirlas por su orden."
"En consecuencia, corresponde rechazar el agravio de la demandada y confirmar la sentencia de primera instancia también en lo que hace a este punto."
- Votos y posiciones: Los Dres. Andalaf Casiello, Barbará y Pineda integraron la Sala. Andalaf Casiello propuso criterios respecto de la aplicación de tasas y la distribución de costas; Barbará adhirió en lo sustancial al voto de Andalaf en el fondo y sostuvo la confirmación respecto de la tasa por entender el carácter alimentario del crédito; Pineda coincidió con lo propuesto. No se registraron votos en disidencia que modifiquen lo resuelto por la mayoría.
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