INC SA c/ EN-M ECONOMIA (EX 20476280/23 - DISP 230/25) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
Inc SA apeló una multa de 900 unidades móviles por presunta infracción al art. 2° de la Res. ex SCDyDC 7/2002. La Cámara Contencioso Administrativo Federal dispuso el desplazamiento del conocimiento del expediente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal por incompetencia.
¿Quién es el actor?
Inc SA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial (M° Economía).
- Objeto de la demanda: impugnación de la multa de 900 unidades móviles impuesta por disposición SSDCYLC 230/2025 por infracción al artículo 2° de la resolución ex SCDyDC 7/2002.
¿Qué se resolvió?
se decretó el desplazamiento del conocimiento del presente expediente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal; se ordenó su registro, notificación y remisión a la Mesa de Entradas de esa Cámara.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"1°) Que por disposición SSDCYLC 230/2025, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial impuso a Inc SA una multa de 900 unidades móviles por considerarla incursa en infracción al artículo 2° de la resolución ex SCDyDC 7/2002 (conf. esp. fs. 78/84 del hipervínculo que antecede)."
"2°) Que, remitidas las actuaciones en vista, el señor Fiscal Coadyuvante de Cámara opinó que, de conformidad con lo normado por el decreto 274/2019, esta Sala, como parte integrante de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resultaría incompetente para intervenir en autos; correspondiendo su remisión a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a efectos de su tramitación."
"3°) Que, examinados los antecedentes del caso, según lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal y conforme el criterio del Tribunal en la materia (conf. -a título ejemplificativo
- causa CCF9109/2021 'Coto Centro Integral de Comercialización SA c/Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo s/Lealtad Comercial
- Ley 22.802
- Art. 22', resol. del 7/12/2021; entre muchos otros), corresponde desplazar el conocimiento de la presente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal."
"Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la Fiscalía General de Cámara, el Tribunal RESUELVE: disponer el desplazamiento del conocimiento de la presente a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Regístrese, notifíquese y, oportunamente, remítase a la Mesa de Entradas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, a sus efectos."
- No existen votos en disidencia consignados en la pieza analizada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: