CARDOZO, UBALDO ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - P.F.A. Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Recurso extraordinario contra resolución de 22/10/2024 por suplementos al personal de la PFA. La Cámara Federal de Córdoba concedió el recurso por existir cuestión federal suficiente, pero denegó su admisión por las causales de arbitrariedad y gravedad institucional.
¿Quién es el actor?
Cardozo, Ubaldo Alberto.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina (P.F.A.) y otro.
- Objeto de la demanda: Reclamo relativo a suplementos (Suplemento por Zona / suplementos por función) otorgados al personal de la Policía Federal Argentina — cuestionamiento de su carácter y liquidación como remunerativo/sueldo y de la tasa de interés aplicada.
¿Qué se resolvió?
Se concedió por mayoría el recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por configurarse cuestión federal suficiente en los términos del art. 14 de la Ley N° 48; en forma unánime se denegó su concesión por las causales de arbitrariedad y gravedad institucional. Protocolícese, hágase saber, publíquese y elévense. (Consúltese la Parte Resolutiva transcripta).
- Fundamentos principales (citas textuales relevantes de la sentencia):
- "En atención a los argumentos referidos a la arbitrariedad de la resolución apelada, los mismos no logran abrir la instancia extraordinaria, pues sólo evidencian discrepancias con el criterio empleado por el Juzgador en la apreciación de los diversos elementos de juicio incorporados al proceso y con la solución final adoptada, lo cual no basta para configurar la tacha de arbitrariedad invocada; ello así por cuanto la doctrina de la arbitrariedad exige, entre otros requisitos, que para la habilitación de esta última instancia debe probarse una violación concreta a las garantías constitucionales y no la mera disconformidad del recurrente con las meritaciones efectuadas por el Tribunal Juzgador (C.S.J.N. “Coria, Domingo Samuel y Otros s/apelación del C.S.F.F.A.A.”, Fallos: 310:2937)."
- "Igual resultado se estima en cuanto a la gravedad institucional evocada por la parte demandada, dado que no se advierte en la especie la concurrencia de dicha circunstancia, ya que sólo se discuten derechos patrimoniales que no exceden el interés de las partes, ni se proyectan sobre instituciones básicas del sistema republicano de gobierno, ni tampoco se trata de una cuestión que revista trascendencia jurídica o comunitaria."
- "Por las consideraciones expuestas, corresponde conceder el recurso extraordinario interpuesto por la representación legal de la parte demandada en contra de la Sentencia dictada por este Tribunal con fecha 22 de octubre de 2024, por configurarse cuestión federal suficiente en los términos del art. 14 de la Ley 48, y desestimar su concesión por la causal de arbitrariedad y gravedad institucional. ASÍ VOTO."
- Votos y disidencia: Los jueces Graciela S. Montesi y Abel G. Sánchez Torres votaron a favor de conceder el recurso por cuestión federal suficiente; el juez Eduardo Ávalos estuvo en disidencia en cuanto a la concesión del recurso (adhería a denegar por arbitrariedad y gravedad institucional pero expresó su discrepancia respecto de conceder la admisión por cuestión federal).
- Costas y honorarios: Se denegó la concesión del recurso por la mayoría en cuanto a las causales arbitraria/gravedad y, en el voto coincidente que regula costas/honorarios, se imponen costas a la demandada perdidosa y se regulan honorarios a la representación de la parte actora en 10 UMA (voto del Dr. Ávalos y del voto preopinante y adhesión).
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