TONELLO, NORA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Sra. Nora Alicia Tonello demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su haber jubilatorio y la revocación de la resolución denegatoria. El Juzgado Federal admitió la acción, ordenó a ANSES recalcular y reajustar el haber inicial y revocó la decisión administrativa, declaró inconstitucionales varias disposiciones (arts. 7.2 y 21 de la ley 24.463; arts. 23.c, 79.c, 81 y 90 de la ley 20.628; y la fórmula de la ley 27.609), fijó la tasa de interés (Tasa Pasiva Promedio del BCRA) y eximió de retención de Impuesto a las Ganancias los importes retroactivos.
¿Quién es el actor?
Sra. Nora Alicia Tonello.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber jubilatorio, revocatoria de la resolución administrativa denegatoria del pedido de reajuste (res. 28/05/2024), y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables (arts. de las leyes 24.463, 24.241, 20.628, 27.609, entre otras).
¿Qué se resolvió?
Se admitió la acción de la Sra. Tonello; se revocó la resolución denegatoria de fecha 28/05/2024; se ordenó a ANSES que determine el haber inicial y practique las liquidaciones correspondientes dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153, acreditando el cumplimiento mediante la presentación de la liquidación; se fijó la tasa de interés aplicable como la Tasa Pasiva Promedio que publica el BCRA desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago; se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inciso 2 de la ley 24.463, de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (con la consecuencia de exención de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos y el haber reajustado), se declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609 y del art. 21 de la ley 24.463; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios del apoderado de la actora para la etapa de cumplimiento. (Todo conforme al texto de la parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) "Que, siendo que para el cálculo de la Prestación compensatoria ... de ser el caso de que de las constancias administrativas surgiera que el actor realizó aportes con anterioridad al 15 de Julio de 1994 por más de 35 años, corresponderá estarse a lo dispuesto por la CSJN en autos 'Barrios, Idilio Anelio c/ Administración nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes varios', sentencia de fecha 21/08/2013."
2) "En su mérito, debe revocarse la Resolución denegatoria de fecha 28/05/2024 y ordenar a la Anses que practique la liquidación respectiva a fin de recalcular y reajustar los haberes previsionales del actor, en función de las pautas citadas ut‑supra. Dicha medida deberá cumplimentarse dentro del plazo fijado en el art.2° de la ley 26.153 bajo apercibimiento de ley..."
3) "Consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430 y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado que en definitiva corresponda al mismo."
4) "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora."
- Votos en disidencia: No aparecen votos en disidencia en el expediente; la resolución es de un solo juez.
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