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CHIOSSO, JOSE LUIS c/ AFIP s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la AFIP solicitando que se abstuviera de aplicar retenciones por impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales y la devolución de las sumas retenidas. La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó la distribución de costas y la regulación de honorarios.

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¿Quién es el actor?

José Luis Chiosso.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) de la ley 20.628 (según texto ley 27.346) en cuanto permite descuentos por impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales, abstención de efectuar tales descuentos y reintegro de las sumas retenidas desde la interposición de la demanda con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que fue materia de agravio; se distribuyeron las costas de la alzada en el orden causado (art. 68, 2º párrafo, CPCCN) y se regularon los honorarios de los letrados en treinta por ciento (30%) de lo que se les fije por su actuación en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Vinieron los autos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia del 16 de agosto de 2024, que hizo lugar a la acción de amparo [...] ordenó a la demandada que se abstuviera de efectuar en los haberes previsionales que percibía el actor, descuentos en concepto de impuesto a las ganancias en los términos del precedente de la CSJN 'García, María Isabel', debiendo reintegrar las sumas que se hubieren retenido por dicho rubro desde la interposición de la presente demanda, con más los intereses correspondientes (tasa pasiva mensual que publica el BCRA), con costas en el orden causado." "1.
- Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala 'A', mediante Acuerdos de fechas 3 de marzo de 2023 y 30 de junio de 2023 [...] a los que cabe remitir por razones de brevedad." "2.
- En consecuencia, corresponde rechazar el recurso interpuesto y confirmar la resolución de primera instancia, en lo que fue materia de agravio."
- Votos disidentes: No se registra voto en disidencia; los Dres. Barbará y Pineda votaron por confirmar y proponer regular honorarios al 10% por actuación en primera instancia; la Dra. Andalaf Casielo adhirió a la solución de los preopinantes. La parte dispositiva acordada fijó honorarios en el 30% sobre lo que se les fije por su actuación en primera instancia.

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