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SPINASSI, ARQUIMEDES FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Spinassi promovió acción contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, revocó las costas de primera instancia y las impuso a la demandada vencida; además reguló honorarios de alzada en 30% de lo regulado en primera instancia.

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¿Quién es el actor?

SPINASSI, ARQUIMIDES FRANCISCO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (reajustes y aplicación de índices de movilidad; impugnación de normas y decretos relativos a la movilidad).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario
- Sala B confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en las cuestiones materia de agravios, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 157/2018, revocó las costas de primera instancia e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida, distribuyéndolas conforme el artículo 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales de alzada en el 30% de lo que se les hubiese regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes): 1) "En consecuencia, corresponde rechazar el agravio y confirmar lo resuelto sobre el punto." (remisión y aplicación del precedente MULLER respecto de la legalidad de la ley y la delegación). 2) "Por razones de brevedad y economía procesal, a lo resuelto -en lo pertinente
- por Acuerdo del 24 de agosto de 2023 en los autos FRO 7845/2021/CA1 caratulados 'PSARIANO, María c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (ver www.cij.gov.ar/sentencias)." (remisión respecto de pedidos sobre índice más favorable y prueba pericial). 3) "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018, revocando las costas de primera instancia e imponerlas a la demandada sustancialmente vencida, y en esta, atento al resultado al que se arriba distribuirlas por su orden conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..." (fundamento y decisión sobre costas). 4) "En consecuencia, corresponde confirmar la sentencia en este punto." (remisión al precedente OLLOCCO respecto de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 en cuanto a su aplicación retroactiva).
- Votos en disidencia: No consta participación del Dr. Fernando Lorenzo Barbará por licencia; no se registran votos en disidencia en el acuerdo transcripto.

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