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VADALA, FRANCO c/ TABORDA, ROLDAN JUAN JOSE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor y su aseguradora. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al pago de $2.947.119 más intereses, rechazando los agravios por falta de fundamentación y aplicando las reglas del art. 1746 y 1741 del Código Civil y Comercial.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad sobreviniente Art. 1746 cccn Dano moral Art. 1741 cccn Desercion de agravios Art. 265 c.p.c. Intereses Prohibicion indexatoria (ley 23.928 / 25.561)


¿Quién es el actor?

Franco Vadala.

¿A quién se demanda?

Juan José Taborda Roldan; citada en garantía: Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: pretensión de resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14/8/2018.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que decide y fue motivo de apelación, con costas de alzada en el orden causado. Los honorarios se regularán cuando se haga lo propio en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "[e]n la sentencia apelada el magistrado relacionó los elementos de prueba que permitían vincular las lesiones detectadas con el accidente. Entre ellos, hizo mención expresa de las constancias médicas emitidas por el Sanatorio Anchorena. En base a estos antecedentes, el juzgador atribuyó valor probatorio al dictamen pericial, que informó que Franco Vadala padecía: '[c]ervicalgia con contractura muscular persistente y reducción del rango de movilidad de la columna: incapacidad del 4% parcial y permanente de la TO/TV…' (sic, considerando IV. ap. A.1 de la sentencia). Y concluyó que dichas secuelas fueron causadas por el accidente." "Desde este punto de mira, considero que las manifestaciones vertidas por la aseguradora son insuficientes para tener por fundado el agravio... el razonamiento efectuado por el recurrente no se ajusta a lo indicado por el ya mencionado art. 1746 del Código Civil y Comercial... requiere aplicar una fórmula que calcule el valor presente de una renta futura, y a tal fin es preciso considerar no solo el porcentaje de incapacidad, sino también el ingreso del que la víctima se vio privada, así como la cantidad de años durante los cuales habría seguido percibiendo dicha cantidad." "El art. 265 del Código Procesal exige que la expresión de agravios contenga la crítica concreta y razonada... Por el contrario, sus cuestionamientos solo se traducen en escuetas discordancias y en manifestaciones que en nada logran cuestionar lo decidido por el Sr. juez de grado. En consecuencia, postulo declarar la deserción de esas quejas (art. 265 del Código Procesal)." "Con relación al mecanismo de actualización requerido por el actor, esta Sala ha sostenido reiteradamente que este tipo de decisiones resultan violatorias de la prohibición contenida en el art. 7 de la ley 23.928 y mantenida por el art. 4 de la ley 25.561... Tales presupuestos no son los que se presentan en autos, de modo que no encuentro motivos que conduzcan a apartarse de la prohibición que establecen las leyes 23.928 y 25.561 en este particular caso."
- Votos en la sala: los Dres. Sebastián Picasso (voto preopinante), Ricardo Li Rosi (adhiriendo con aclaraciones) y Carlos A. Calvo Costa (adhiere) coincidieron en confirmar la sentencia; no hubo disidencia.

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