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TESSIO, JORGE DAMIAN c/ GALENO ART S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS ( ACCIDENTE DE TRABAJO )

Demanda por daños y perjuicios (accidente de trabajo) contra Galeno ART S.A. La Cámara modificó la sentencia únicamente en la tasa de interés aplicada y confirmó en lo demás la condena por $8.000.000, con imposición de costas a la demandada y adecuación de honorarios conforme ley 27.423.

Danos y perjuicios Accidente de trabajo Art Interes moratorio Tasa activa Reparacion integral Incapacidad sobreviniente Honorarios ley 27.423 Costas de alzada Prueba pericial.


¿Quién es el actor?

Jorge Damián Tessio.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (Aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reparación integral por daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo ocurrido el 19/05/2014, con reclamo de prestaciones y compensación por incapacidad, daño moral y psíquico.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de grado únicamente en la determinación de la tasa de interés (se aplicará 8% anual desde la mora hasta el pronunciamiento de grado y la tasa activa cartera general del BNA desde entonces hasta el pago), y se desestimaron las demás quejas de la apelante; por lo demás la condena de primera instancia se confirmó. Se impusieron las costas de Alzada a la demandada y se adecuaron los honorarios conforme a la ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos centrales y citas textuales relevantes):
- "La indemnización resulta un equivalente del daño sufrido y el interés compensa la demora en su reparación al no haber el responsable cumplido inmediatamente con su obligación de resarcir." (considerando V).
- "Conforme la jurisprudencia y doctrina mayoritaria imperante en el fuero, la tasa que corresponde aplicar desde el inicio de la mora y hasta el efectivo pago del capital de condena, es la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina siguiendo la doctrina del fallo plenario del fuero in re 'Samudio de Martínez, L. c/ Transportes Doscientos Setenta SA', salvo que su aplicación ... pueda implicar ... un enriquecimiento indebido." (considerando V).
- "A partir de lo expuesto, corresponde en la especie que desde el inicio de la mora y hasta el pronunciamiento de grado se calculen los intereses a la tasa del 8% anual (representativa de los réditos puros) y, sólo desde entonces y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina;" (considerando V).
- Sobre honorarios y aplicación de la ley nueva: "la ley 27.423 debe ser aplicada a toda regulación de honorarios que no se encuentre firme a la fecha de su entrada en vigencia, aun tratándose de trabajos llevados a cabo con anterioridad." (parte resolutiva).
- Fundamento de la responsabilidad y valoración probatoria: se confirmó la convicción de la Cámara acerca del nexo causal entre la omisión de control y prevención por parte de la ART y las lesiones del actor, apoyándose en prueba testimonial, pericia médica y documentación clínica (citas de considerandos II y IV sobre prueba y peritajes).
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la decisión fue unánime (los tres jueces adhieren al voto que propuso la modificación parcial).

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