TESSIO, JORGE DAMIAN c/ GALENO ART S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS ( ACCIDENTE DE TRABAJO )
Demanda por daños y perjuicios (accidente de trabajo) contra Galeno ART S.A. La Cámara modificó la sentencia únicamente en la tasa de interés aplicada y confirmó en lo demás la condena por $8.000.000, con imposición de costas a la demandada y adecuación de honorarios conforme ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Jorge Damián Tessio.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (Aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reparación integral por daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo ocurrido el 19/05/2014, con reclamo de prestaciones y compensación por incapacidad, daño moral y psíquico.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de grado únicamente en la determinación de la tasa de interés (se aplicará 8% anual desde la mora hasta el pronunciamiento de grado y la tasa activa cartera general del BNA desde entonces hasta el pago), y se desestimaron las demás quejas de la apelante; por lo demás la condena de primera instancia se confirmó. Se impusieron las costas de Alzada a la demandada y se adecuaron los honorarios conforme a la ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos centrales y citas textuales relevantes):
- "La indemnización resulta un equivalente del daño sufrido y el interés compensa la demora en su reparación al no haber el responsable cumplido inmediatamente con su obligación de resarcir." (considerando V).
- "Conforme la jurisprudencia y doctrina mayoritaria imperante en el fuero, la tasa que corresponde aplicar desde el inicio de la mora y hasta el efectivo pago del capital de condena, es la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina siguiendo la doctrina del fallo plenario del fuero in re 'Samudio de Martínez, L. c/ Transportes Doscientos Setenta SA', salvo que su aplicación ... pueda implicar ... un enriquecimiento indebido." (considerando V).
- "A partir de lo expuesto, corresponde en la especie que desde el inicio de la mora y hasta el pronunciamiento de grado se calculen los intereses a la tasa del 8% anual (representativa de los réditos puros) y, sólo desde entonces y hasta el efectivo pago, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina;" (considerando V).
- Sobre honorarios y aplicación de la ley nueva: "la ley 27.423 debe ser aplicada a toda regulación de honorarios que no se encuentre firme a la fecha de su entrada en vigencia, aun tratándose de trabajos llevados a cabo con anterioridad." (parte resolutiva).
- Fundamento de la responsabilidad y valoración probatoria: se confirmó la convicción de la Cámara acerca del nexo causal entre la omisión de control y prevención por parte de la ART y las lesiones del actor, apoyándose en prueba testimonial, pericia médica y documentación clínica (citas de considerandos II y IV sobre prueba y peritajes).
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la decisión fue unánime (los tres jueces adhieren al voto que propuso la modificación parcial).
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