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Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: VILLA, ANDREA GABRIELA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Imputada por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización celebró procedimiento abreviado; la Cámara homologó el acuerdo y la condenó a 4 años de prisión y multa de $4.680.000. El tribunal hizo lugar al procedimiento abreviado, fijó cómputo de pena hasta el 11/04/2029, dispuso decomiso de $191.120 y otorgó prisión domiciliaria provisoria.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Fiscal (representado por el doctor Mariano Barabani). Demandado: Andrea Gabriela Villa (DNI 26.379.789), imputada. Objeto: Homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado en causa por presunto delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización (art. 5 inc. c Ley 23.737). Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo presentado por las partes; se condenó a Andrea Gabriela Villa a la pena de 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalentes a $4.680.000, accesorias legales y costas; se impuso el pago de la tasa de justicia ($4.700), se incluyeron costas por pericia química por $461.312,61, se decomisaron $191.120 y elementos digitales, se fijó el cómputo de la pena con vencimiento el 11 de abril de 2029 a las 12:00 hs, y se dispuso prisión domiciliaria provisoria en el domicilio indicado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación. II. Condenar a Andrea Gabriela Villa (DNI 26.379.789) a la pena de 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalentes a la suma de pesos $4.680.000, accesorias legales y costas, por considerarla autora del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización previsto por el artículo 5 inciso c de la ley 23.737 (artículos 12, 19, 29 inciso 3 y 45 del CP y 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación)." "VII. Tener presente lo manifestado por ambas partes en orden a la voluntad de la condenada de convertir en días de prisión la pena de multa dispuesta en este decisorio, así como también lo acordado sobre ese particular." "VIII. Fijar el cómputo de pena y, en virtud de la conversión en días de multa, disponer que la pena de prisión impuesta con respecto a Andrea Gabriela Villa operará con vencimiento el día 11 de abril de 2029 a las 12:00 horas, toda vez que de la compulsa del expediente surge que la nombrada estuvo detenida para la presente de manera ininterrumpida desde el 08.07.23 al 06.09.23 y nuevamente desde el día de hoy." "X. En virtud del pedido de la defensa y la conformidad de la fiscalía, disponer de manera inmediata la prisión domiciliaria provisoria a favor de Andrea Gabriela Villa en el domicilio sito en calle Pasco y Convención de Rosario."
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