Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BENITEZ, EZEQUIEL ADRIAN s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.E) y INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.E)
Imputado acusado por facilitación ocasional de estupefacientes a título gratuito intentó ingresar marihuana a un penal durante una visita. La Cámara –Tribunal Oral Federal de La Rioja– hizo lugar al juicio abreviado y condenó a Benítez a 2 años y 3 meses de prisión en suspenso, multa de $30.000, reglas de conducta y costas.
- Actor (quién actúa ante el tribunal): Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Federal Interina, Dra. María Florencia Cáceres) y el Tribunal Oral Federal de La Rioja mediante su Juez de Cámara.
- Demandado (imputado): Benítez Ezequiel Adrián, DNI 36.843.042.
- Objeto de la imputación/reclamo: Se le atribuyó la autoría del delito de Facilitación de estupefacientes a título gratuito (art. 5 inc. e Ley 23.737), agravado por haberse cometido en el interior de un lugar de detención (art. 11 inc. e Ley 23.737), en grado de tentativa (art. 42 CP), por intentar ingresar a un interno marihuana (47,60 g según pericia).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al juicio abreviado solicitado por las partes y condenó a Benítez como autor del delito citado; le impuso la pena de dos (2) años y tres (3) meses de prisión de cumplimiento condicional, multa de treinta mil pesos ($30.000), accesorias legales y costas; además fijó reglas de conducta (fijar residencia; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de alcohol; no cometer nuevos delitos; comparecer mensualmente ante la Delegación Departamental Quilmes 2) y ordenó el decomiso y destrucción de las muestras secuestradas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "El procedimiento llevado adelante el día 27 de mayo de 2017, fue plasmado en el acta labrada por personal Policial interviniente (fs. 04/05), cuya formalidad se ajusta a los recaudos exigidos por la ley ritual... A su vez, el contenido del acta resulta corroborado por los testimonios rendidos en la instrucción..."
2) "La Pericia química Nº 228/2017, de fecha 14/12/2017... concluyó que; el material vegetal presente en la Muestra Nº 1, corresponde a plantas de Cannabis Sativa (n.v. marihuana)... con un peso total de 47.60 gramos, porcentaje de THC de %5,72 y 777,9 dosis umbrales."
3) "Por lo expuesto, habiéndose acreditado la existencia del hecho motivo de acusación y la participación responsable de Ezequiel Adrián Benítez, fijo el hecho en idénticos términos que la acusación."
4) Sobre la calificación: "Quedó acreditado en autos la figura de facilitación de estupefacientes a título gratuito (art. 5, inc. E de la Ley 23.737), agravado por haberse cometido en el interior de un lugar de detención (art. 11, inc. E de la ley 23.737) en grado de tentativa (art. 42 del CP), en calidad de autor (art. 45, CP)."
5) Sobre la pena e individualización: "En el acuerdo de juicio abreviado, la Representante del Ministerio Público Fiscal estimó suficiente la imposición de una pena de dos (2) años y tres (3) meses de prisión de ejecución condicional, multa de treinta mil pesos ($30.000)... En tal sentido, estimo justo y adecuado imponer a Ezequiel Adrián Benítez la pena de dos (2) años y tres (3) meses de prisión y la suma de treinta mil pesos ($30.000) en concepto de multa, accesorias legales y costas..."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el bloque dispositivo; la decisión consignada es la acordada por el Tribunal.
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