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L, S. H. c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

Apelaciones contra la regulación de honorarios del letrado que representó a la actora en amparo contra PAMI. La Cámara Federal de Mar del Plata modificó la regulación y elevó los emolumentos del Dr. Ignacio Guerra a 26 UMA ($1.693.458) aplicando la Resol. SGA 3495/2024 y adicionando aportes previsionales e IVA según corresponda.

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¿Quién es el actor?

L., S. H. (la amparista/representada por el Dr. Ignacio Guerra).

¿A quién se demanda?

PAMI.
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) contra PAMI; en el sublite se impugna la regulación de honorarios profesionales practicada por el a quo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara elevó los emolumentos regulados a favor del Dr. Ignacio Guerra de 20 UMA a 26 UMA, equivalentes a $1.693.458, con más aportes previsionales e IVA en caso de ser responsable inscripto, aplicando la Resol. SGA nº 3495/2024 y las normas de la ley 27.423. Se desestimó la apelación de la demandada en cuanto pretendía reducirlos.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "En el pronunciamiento definitivo puesto en crisis, en su parte pertinente, el a quo reguló los emolumentos del Dr. Ignacio Guerra, en la cantidad de 20 UMA, equivalentes a la suma de $ 1.215.580.-, conforme Resol. SGA 2375/2024, con más los aportes correspondientes y de acuerdo a lo normado por la ley 27.423." "valorando la labor profesional realizada (que fue desarrollada bajo la vigencia de la ley 27.423), su extensión y resultado favorable obtenido (que surge del decisorio obrante a fs. 72, que hizo lugar a la acción, con costas a la demandada), como así también la complejidad e importancia del juicio, teniendo en cuenta el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito, el tiempo empleado en la solución del litigio, y que las presentes actuaciones carecen de monto que pueda ser considerado como base arancelaria, entiendo que corresponde dar acogida favorable al recurso articulado a fs. 92/93, debiendo elevarse los emolumentos regulados a su favor y, en consecuencia, desestimar la apelación deducida a fs. 96, todo ello de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423." "Asimismo, corresponde aclarar que, considerando la fecha en que fueron regulados los emolumentos recurridos (esto es, el día 07/11/2024), es de aplicación al caso la Resol. SGA nro. 3495/2024, mediante la cual se elevó el valor del UMA a la suma de $ 65.133.-, haciéndolo retroactivo al 01/11/2024."
- Votos: El Dr. Eduardo P. Jiménez votó por elevar los emolumentos a 26 UMA (propuesta que integra la parte resolutiva). El Dr. Bernardo D. Bibel "adhiero en todos sus fundamentos al voto del Dr. Jiménez". No hubo disidencia.

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