RIDISSI, BRUNO MARCIAL c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA P.F.A. s/VARIOS
Bruno Marcial Ridissi demandó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina por retenciones excedentes sobre haberes previsionales (Decreto 679/97). La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, limitó el descuento al 8% y ordenó el pago de las diferencias con intereses, e impuso costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Bruno Marcial Ridissi (DNI 11.863.107).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se reclamó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97, la limitación del descuento en concepto de "aporte previsional" al 8% del haber, y el pago de las diferencias retenidas (3%) con retroactividad de dos años y con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó en todos sus términos la resolución de fecha 16/12/2024 dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Córdoba; además impuso las costas de la Alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación de la actora en el 35% de lo que se regule en la instancia de grado. Asimismo recordó al juzgado de grado la obligación de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia y su integración cuando corresponda (arts. 10 y 14 Ley 23.898).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Recordemos que la expresión de agravios debe constituir una verdadera exposición jurídica que contenga un análisis pormenorizado, razonado y crítico de la resolución que se apela, ello con el fin de demostrar que es errónea y contraria a derecho. ... En el caso bajo examen, encuentro que el apelante en definitiva nada ha expresado en forma puntual en relación con la decisión que pretende revertir, es decir
- en términos de la CSJN
- no ha aportado ningún elemento nuevo de convicción u otras razones que justifiquen una solución distinta de la adoptada en la anterior instancia (Fallos: 315:2625)."
"Ahora bien, no obstante lo antes referido, a mayor abundamiento corresponde analizar en primer término que la norma en cuestión modificó sustancialmente el régimen legal de aportes del personal de la institución, elevando el descuento previsional del 8% a un 11% ... El planteo fue resuelto en la causa 'Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional Ministerio del Interior s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', fallo de fecha 7 de octubre de 2021, en el que el Máximo Tribunal de la Nación estableció '...que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas...' ... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/79'. Consecuentemente, el agravio al respecto no puede prosperar."
"Respecto al agravio introducido en relación al régimen de imposición de costas ... entiendo que la imposición de costas efectuada en la sentencia en su totalidad a la parte demandada, resulta ajustada a derecho ... no encontrando este Tribunal motivos suficientes que lleven al apartamiento de lo decidido en la instancia de grado en lo que a este aspecto se refiere."
- Votos en la Alzada: La sentencia no registra disidencia; los Dres. Montesi (preopinante), Navarro y Sánchez Torres votaron en el mismo sentido.
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